La Legislatura aprobó la constitución del Fondo Escolar Permanente, que será destinado para construir o reparar escuelas. Habrá recompensa para quienes denuncien. En qué consiste la nueva ley.
Crearán un fondo para las escuelas de Mendoza con las herencias vacantes
Este martes, la Cámara de Senadores de Mendoza aprobó por unanimidad el proyecto de ley que establece la creación del Fondo Escolar Permanente, una medida que busca mejorar el financiamiento del sistema educativo provincial.
Este proyecto fue presentado por el Poder Ejecutivo con el objetivo de canalizar los recursos provenientes de las herencias vacantes hacia la Dirección General de Escuelas (DGE).
La ley sancionada este martes establece una asignación específica para fortalecer la infraestructura escolar. Esto se logrará mediante la enajenación, disposición o arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, así como de fondos de activos financieros que pueden surgir de herencias vacantes.
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Las herencias vacantes son aquellas en las que no existen herederos aceptantes, ya sea por que no pueden o no quieren aceptar la sucesión.
¿Cómo se constituye este fondo?
El Fondo Escolar Permanente se constituirá a partir de los recursos generados por la venta, disposición y/o arrendamiento de bienes inmuebles y muebles, tanto registrables como no registrables, así como activos financieros provenientes de herencias vacantes o donaciones. Estos recursos serán gestionados por la DGE y se utilizarán exclusivamente para generar ingresos destinados a la adquisición de terrenos, construcción, reparación, mantenimiento y equipamiento de edificios escolares en toda la provincia.
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Además, el fondo podrá recibir ingresos provenientes de empréstitos con el fin de fortalecerlo y mejorar la infraestructura educativa, utilizando bienes pertenecientes al fondo como garantía. La normativa también prevé la creación de un Registro de Bienes del Fondo Escolar Permanente, que individualizará los inmuebles y otros bienes que se incorporen al patrimonio de la DGE.
La DGE estará facultada para enajenar, arrendar y/o disponer de los bienes mencionados de forma directa, mediante licitaciones de ofertas o subastas públicas. En caso de que los inmuebles estén ocupados, este organismo deberá notificar a los ocupantes para que desocupen el inmueble en un plazo de cinco días. Si no se cumple con este requerimiento, se iniciará un proceso judicial para solicitar el desalojo conforme a las normas del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario.
La normativa obliga a las entidades bancarias y financieras a identificar a los titulares fallecidos de cuentas inactivas por más de seis meses, y a los proveedores de servicios de cajas de seguridad a notificar a la DGE simultáneamente con la notificación que efectúan al usuario.
Recompensa para los denunciantes
El proyecto contempla un incentivo para quienes denuncien herencias vacantes, otorgando un 15% del valor total del bien vendido al denunciante, conforme a lo establecido en el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza. Se establecerán procedimientos para recibir denuncias de vacancia tanto de individuos como de entidades públicas y privadas, asegurando la verificación y liquidación del porcentaje correspondiente.
Cómo se usará el dinero
Para garantizar la transparencia, la autoridad de aplicación deberá enviar un informe anual a la Legislatura detallando la composición y uso del Fondo Escolar Permanente. Las actuaciones notariales necesarias para la ejecución de esta ley serán realizadas por la Escribanía General de Gobierno, asegurando la legalidad en todos los procedimientos relacionados con la enajenación de bienes y la disposición de activos.
El Gobierno informó que los fondos generados se destinarán a proyectos específicos de construcción, reparación y mantenimiento de edificios escolares, asegurando una asignación estratégica y equitativa de los recursos en toda la provincia.