Ordenaron la suspensión de la resolución que reconocía la ocupación actual de la Comunidad Lof Limay Kurref en el Sur provincial.
La Justicia frenó una resolución de ocupación mapuche en Mendoza
El Juzgado Federal de San Rafael declaró la incontitucionalidad y ordenó la suspensión de la Resolución 47/2023, la cual reconocía la ocupación actual de la Comunidad Lof Limay Kurref, perteneciente al Pueblo Mapuche, con asiento en en el departamento de Malargüe.
La declaración de la justicia implica que mientras se resuelva la cuestión de fondo (acción de nulidad), el INAI no podrá ejecutar las resoluciones. Esta medida marca un antecedente en la provincia, aunque ya hubo un freno a una resolución similar en Río Negro.
El Juzgado respondió así a la demanda de Nieves de Mendoza S.A. contra el INAI. La empresa planteó que la citada resolución se dictó en inobservancia de los procedimientos normativos previstos y disposiciones constitucionales protectorias, sin intervención del titular dominial y sin respetar las facultades concurrentes reconocidas por la Carta Magna a las provincias.
Ver también: La increíble historia judicial tras las tierras que les dieron a los mapuches
Además, remarcaron que hicieron caso omiso a la propiedad en función de los numerosos contratos de arrendamiento suscriptos con los puesteros que ocuparían el lugar y sin atender al proceso de reivindicación en trámite.
La resolución del INAI había generado revuelo desde su publicación el pasado viernes 3 de febrero. Ese día, Alfredo Cornejo, precandidato gobernador en las próximas PASO, quien aseguró que entre ambas áreas hay un total de 53 pozos (23 de ellos en la zona de El Sosneado, zona concesionada por Nieves de Mendoza.
Ver también: Dólar Agro: el Gobierno aclaró algunas condiciones para productores
Además de los pedidos de Nieves de Mendoza, el Gobierno provincial presentó tres recursos de reconsideración en contra de las resoluciones del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas por la ocupación de tierras, entre ellas la Resolución 47/2023.
"Las Resoluciones del INAI presentan vicios en todos los elementos esenciales de un acto administrativo, es decir en la competencia, causa, objeto, procedimiento, motivación y finalidad. Cada uno de estos vicios está desarrollado en la presentación del Gobierno Provincial, lo que permite concluir que las Resoluciones resultan nulas", declaró el ministro de Gobierno Víctor Ibáñez.
El fallo