De todos modos, la titular del INADI no fue sobreseía. El magistrado le devolvió la causa al fiscal para que produzca más pruebas y si lio cree conveniente, que solicite la indagatoria nuevamente.
El juez Casanello rechazó indagar a Donda por su empleada doméstica
El juez federal Sebastián Casanello rechazó este lunes el pedido de indagatoria contra la titular del INADI, Victoria Donda, que había formulado el fiscal Guillermo Marijuan por el presunto delito de "negociaciones incompatibles para la función pública" por la situación laboral de su empleada doméstica.
No obstante, Casanello no cerró la causa ni sobreseyó a Donda, ya que dispuso devolverle la investigación a Marijuan para que profundice la recopilación de pruebas y, si lo considera oportuno, vuelva a pedir medidas a partir de su obtención.
El juez resolvió que Marijuan "relata al detalle numerosas cuestiones que dan cuenta de la problemática relación laboral que (la empleada doméstica) tuvo con la imputada Donda, enumerando la falta de regularización durante gran parte del vínculo, deudas de aportes y otros incumplimientos".
Casanello advirtió que todas esas circunstancias "hacen a la materia de la justicia laboral, sede en la cual se deberían ventilar tales asuntos". La conducta de Donda, en este contexto, "carecen de relevancia penal".
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Marijuan había pedido la indagatoria de Donda porque supuestamente "abusando de su condición de funcionaria pública, como Interventora del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) e insertando su interés particular, ofreció a Arminda Banda Oxa un cargo en el citado organismo, o bien un plan social, exigiéndole para ello que renunciara al trabajo que desempeñaba como empleada doméstica en su domicilio particular, y así presuntamente evitar tener que hacer frente a algún tipo de reclamo indemnizatorio, que le correspondiera a título personal".
El fiscal encuadró esa conducta en el artículo 248 del Código Penal, que establece penas de prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo para "el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere".
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Casanello refutó a Marijuan, recordándole que "este tipo penal, necesariamente exige que haya un/a funcionario/a público/a que dicte resoluciones o diere órdenes, que fueran contrarias a la legislación vigente".
En el caso de Donda, "existieron conversaciones privadas en el marco de las cuales habría formulado un ofrecimiento impropio", pero "no hay elementos que indiquen que tras esos diálogos haya existido una resolución o a una orden emanada por la titular del INADI, que disponga hacer efectivo tal ofrecimiento -ya sea mediante una contratación o el otorgamiento de un plan social-".
Casanello advirtió que "la existencia de un acto administrativo sobre el cual se vuelque el interés particular es lo que la norma penal, como la del derecho administrativo, censura". Y "ese acto funcional está ausente en el pedido de la Fiscalía e impide, así como está planteado el caso", el llamado a indagatoria.