Un tribunal de alzada revocó el procesamiento del empresario dueño de Publicidad Sarmiento y los medios MDZ. Sigue vinculado a la causa.
Intento de extorsión: falta de mérito para el mendocino Orly Terranova
La Cámara Federal porteña revocó el procesamiento por presunta "tentativa de extorsión" del empresario mendocino Orlando "Orly Terranova" contra los empresarios kirchneristas Cristóbal López y Fabián De Sousa, por entender que no está probado el delito, según los fallos a los que tuvo acceso la agencia oficial Télam. La decisión benefició además a otras dos personas relacionadas al caso. Orlando Terranova Dalera, propietario de Publicidad Sarmiento y de los medios MDZ entre otras empresas, había sido procesado por el supuesto intento de quedarse con el Grupo Indalo, propiedad de López y De Sousa, con maniobras supuestamente extorsivas y con ayuda de funcionarios de entonces, durante el gobierno de Mauricio Macri. Además de procesarlo, lo embargaron por cinco mil millones de pesos. Ahora, la Cámara Federal decidió dictarle la "falta de mérito". Quiere decir que para el tribunal, no está probado el hecho, pero la información en el expediente tampoco alcanza para sobreseer al empresario, que seguirá vinculado al caso en tanto continúe la investigación sobre supuestas presiones a los dueños del Grupo Indalo, quienes pasaron bastante tiempo en la cárcel por supuesta evasión aunque luego fueron liberados.
En otra resolución, el tribunal revocó hoy por "prematuro" el sobreseimiento del ex titular de la AFIP en el macrismo, Leandro Cuccioli.
En el caso de Terranova la Cámara revocó los procesamientos por "tentativa de extorsión" y dispuso la falta de mérito. Los jueces sostuvieron que en la investigación no se probó aún "la hipótesis" vinculada a una supuesta existencia de actos ilícitos para provocar "hostigamiento y ahogo financiero" a las empresas del Grupo Indalo, de acuerdo al despacho de Télam.
Terranova y otros dos empresarios habían sido procesados por "una activa participación en toda esta operación" vinculada a "las amenazas que partieron desde los altos cargos del Gobierno que encabezaba Mauricio Macri, lo que denotaba su inminencia y verosimilitud, y se aprovecharon de la situación de vulnerabilidad que estaban atravesando los querellantes".
Ahora, al analizar lo ocurrido, los jueces de la Cámara sostuvieron que "existen datos objetivos sobre las circunstancias -de incidencia en la negociación de corte comercial o financiero- que existían con relación a los activos involucrados, vinculados a empresas que, era público y notorio, poseían deudas de diferente tenor, procesos concursales en curso y cuyos titulares estaban siendo juzgados en sede penal por esos mismos hechos, a los cuales se había otorgado interés institucional".
En el caso del ex titular de la AFIP Leandro Cuccioli, la jueza federal María Servini que investiga la denuncia le había dictado el sobreseimiento pero esta decisión fue apelada por la querella de los empresarios López y De Sousa y la fiscalía a cargo de Guillermo Marijuán. Los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia les dieron la razón y revocaron el sobreseimiento por "prematuro" al restar aún medidas de prueba en lo referido a la denuncia en su contra. "Se tiene en cuenta que el sobreseimiento cierra definitiva e irrevocablemente el proceso con relación al imputado", advirtieron los camaristas y por eso su dictado "reclama la existencia de certeza".
Cuccioli está imputado por supuestamente "haber impedido -según esos acusadores, de modo arbitrario y delictivo- a las empresas "South Media Ivestments SA", "DH COM SA", "Ideas del Sur SA", "Telepiú SA" y "Votionis SA" acceder al régimen de facilidades de pago de carácter general para "Micro, Pequeñas y Medianas Empresas inscriptas en el Registro de MiPymes" contemplado por Resolución General n° 4557/2019 de la AFIP".
"Todo, como parte de la hipótesis de las partes, que la magistrada ha descrito en varias oportunidades, como "la presunta existencia de actos llevados a cabo por funcionarios públicos, desde las altas esferas del Poder Ejecutivo Nacional o a instancias de aquellos, que mediante hostigamiento y ahogo financiero para con las empresas del Grupo Indalo", recordó la Cámara. "Se observa que la existencia de medidas pendientes (en especial tendientes a obtener referencias sobre cómo se llevó el trámite interno en las dependencias de la AFIP) que hacen directamente al objeto de la imputación recogida en el expediente, se erige como un factor que impide avalar el sobreseimiento, al menos hasta tanto se completen las diligencias pertinentes sobre lo denunciado", concluyó el Tribunal de Apelaciones.
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Bruglia e Irurzun remarcaron que "cabe dejar en claro que no está probado en la causa -según el criterio de quienes suscriben, expuesto aquí y en otros incidentes- el hipotético contexto que sostuvieron los querellantes (que la magistrada receptó en otros fallos), relacionando la actuación de funcionarios públicos de diferentes poderes y órganos del Estado a un supuesto propósito de afectar sus derechos, con una alegada finalidad posterior".