La Legislatura dio sanción definitiva a la ley que le da competencias a la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza en el centro o barrio Cívico, que regulará las edificaciones y el tránsito. De todos modos, la Provincia seguirá haciéndose cargo del arbolado y alumbrado público.
Es ley: la Muni de Capital ahora "gobierna" sobre el Centro Cívico
En la sesión de este martes, el Senado aprobó por unanimidad la modificación de la Ley 3401, que establece la regulación edilicia y jurisdicción del Centro o Barrio Cívico, dándole esas atribuciones a partir de ahora a la Municipalidad de Capital.
Básicamente, la Municipalidad será ahora la encargada de la regulación edilicia del barrio Cívico (entre San Martín, Peltier, Belgrano y Pedro Molina) y podrá cobrar estacionamiento medido y labrar multas de tránsito en esa zona.
Desde su promulgación de la normativa vigente en 1965, la ciudad ha experimentado importantes transformaciones que han redefinido las necesidades del Centro Cívico. Con esta modificación, se establece que la Municipalidad de Mendoza tendrá mayor control en la planificación y ejecución de políticas urbanísticas, "lo que permitirá atender mejor las demandas de los vecinos y optimizar el uso de los recursos".
Entre los principales cambios, se sustituye el artículo 2° de la Ley 3401, estableciendo que toda construcción en terrenos de dominio público dentro del Centro Cívico deberá contar con la aprobación de la Municipalidad de Mendoza, en lugar del Poder Ejecutivo provincial. Además, las obras en predios privados se regirán por las normativas municipales de uso del suelo y planificación urbana.
Aprobado en el Senado por unanimidad.
El artículo 4° también fue modificado, definiendo las competencias de la Municipalidad, que incluirán el poder de policía de tránsito, la regulación del sistema de estacionamiento medido y la administración de servicios municipales dentro del área. En tanto, la Provincia de Mendoza continuará a cargo del mantenimiento del arbolado público, los espacios verdes, el alumbrado y la limpieza de calles y veredas.
Asimismo, la modificación del artículo 6° refuerza la protección del patrimonio público del Centro Cívico, prohibiendo la venta o cesión de bienes de dominio provincial dentro de la zona, salvo para la instalación de dependencias oficiales. Sin embargo, se permitirá la realización de espectáculos deportivos, culturales y artísticos con autorización del Poder Ejecutivo.
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