La norma permitirá juzgar a los iraníes responsables del atentado a la AMIA.
El Senado aprobó la Ley de Juicio en Ausencia
Con 45 votos afirmativos, 22 negativos y ninguna abstención, el Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto de Juicio en Ausencia, un mecanismo que permitirá juzgar a imputados que no se presenten en el proceso judicial.
La normativa abre la puerta para que los ciudadanos iraníes acusados por el atentado a la AMIA en 1994, que dejó 85 muertos y más de 300 heridos, sean enjuiciados en la Argentina sin necesidad de estar presentes.
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LOGRAMOS APROBAR LA LEY DE JUICIO EN AUSENCIAEsta ley va a permitir a la Justicia perseguir a los delincuentes más peligrosos aún cuando se dan a la fuga.Entre otras cosas, vamos a poder condenar a los terroristas que idearon y nos hicieron el peor atentado de nuestra... pic.twitter.com/7KS051ujBM
— Mariano Cúneo Libarona (@m_cuneolibarona) February 21, 2025
La iniciativa recibió el respaldo de La Libertad Avanza (LLA), el PRO, la Unión Cívica Radical (UCR), Las Provincias Unidas y un sector del kirchnerismo, que con esta decisión evidenció una nueva fractura interna y un desafío a la ex presidenta Cristina Kirchner, vinculada a la causa por el Memorándum con Irán.
Entre los senadores peronistas que apoyaron la medida se encuentran José Emilio Neder y Gerardo Montenegro (Santiago del Estero), Lucía Corpacci (Catamarca), Daniel Bensusán (La Pampa), Carolina Moisés (Jujuy), Juan Manzur y Sandra Mendoza (Tucumán).
¿Qué establece la ley?
La norma modifica la legislación procesal penal y establece que el juicio podrá continuar sin la presencia del imputado si este ha sido declarado en rebeldía por la Justicia. Se aplicará en casos de lesa humanidad, genocidio, desaparición forzada de personas, crímenes de guerra, delitos de terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva.
Según el texto aprobado, el acusado tendrá derecho a ser representado por un abogado de su confianza o, en su defecto, por un defensor oficial, siempre que esto no afecte el normal desarrollo del proceso ni la efectividad de la defensa.
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