"Facultades extraordinarias": detalles de la Ley Ómnibus de Milei

Con un proyecto de ley de 183 páginas y más de 600 artículos, el presidente busca reformular gran parte del marco legal del país.

"Facultades extraordinarias": detalles de la Ley Ómnibus de Milei

Por:Juan Manuel Lucero
Periodista

El presidente Javier Milei envió su proyecto de Ley Ómnibus al Congreso para su tratamiento durante las próximas sesiones extraordinarias. En ese marco, el mandatario busca una aprobación de un cuerpo legal que modifica varios ámbitos de la vida de los argentinos.

Según detalla el propio proyecto: "La presente ley tiene por objeto promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales".

En ese contexto, el proyecto busca "la profundización de la libertad de mercados, impulsando la interacción espontánea de la oferta y de la demanda como modo de ordenamiento y reactivación de la economía".

A raíz de esto, el presidente busca que el Congreso le confiera facultades extraordinarias. "Declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025", dice el cuerpo del proyecto en uno de sus primeros artículos.

Algunos de los temas que aborda el proyecto

El artículo 8 busca promover la promoción de las privatizaciones de las empresas públicas. "Decláranse 'sujeta a privatización', en los términos y con los efectos de la Ley N° 23.696 de Reforma del Estado, las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatal", establece.

El proyecto busca la agilización de los trámites en el Estado y, para ello, el artículo 13 sostiene que "todos los trámites y gestiones que deban realizarse en el Sector Público Nacional deberán realizarse como principio general a través de medios electrónicos".

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En cuanto a los contratos vigentes, un tema que puede resultar de vital importancia tanto para la obra pública, como los proveedores del Estado o los trabajadores que prestan servicio en condición de contratados; el artículo 33 le otorga facultades al Poder Ejecutivo nacional a disponer por razones de emergencia la renegociación o en su caso rescisión de los contratos de cualquier tipo que generen obligaciones a cargo del Estado, celebrados con anterioridad al 10 de diciembre de 2023.

Otro de los puntos que resultan llamativos es el artículo 63. En el mismo se permitiría la reventa de entradas, algo penalizado hasta ahora. "Las entradas deportivas pueden ser revendidas sin límite de las veces que pueda realizarse dicha operación", asegura el proyecto.

En tanto que detalla que "el encargado de ventas de entradas no podrá imponer restricciones a dicha reventa. En los casos de entradas nominativas el encargado de ventas de entradas deberá permitir la reventa a través de un mecanismo electrónico. Para las ventas a través de dicho sistema las entidades deportivas podrán cobrar una comisión que no supere el 5% del precio acordado, pero no podrá limitar sus precios".

La reventa de entradas era, hasta ahora, penada. Milei le dará luz verde.

Otro de los temas que pueden interesar a los mendocinos es el artículo 64 del proyecto. En ese marco, apunta a la sustitución del artículo 1° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2753/91 por uno que sostiene que "las mercaderías amparadas por el régimen de equipaje, que se importen para consumo sin fines comerciales, fuera de las franquicias que otorga el Decreto Nº 2130/91 o con arreglo a lo dispuesto en su artículo 10, no estarán gravadas por ningún tributo".

Es decir, se terminaron los límites a las compras personales, algo que los mendocinos solían realizar cuando el cambio era conveniente en Chile.

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Luego, el proyecto detalla algunas modificaciones a la Ley de Movilidad, algo que concierne directamente a quienes reciben prestaciones sociales, asignaciones y jubilaciones. El artículo 106 apunta a la suspensión de la aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modificatorias.

"Facúltase al Poder ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas (...) el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos", agrega el proyecto.

A continuación, el proyecto de ley tiene artículos vinculados a un blanqueo de capitales, cambios a la Ley de Hidrocarburos, al marco regulatorio del gas y a la Ley de Biocombustibles. Además, propone la unificación de los entes reguladores ENRE y ENARGAS.

La Ley Ómnibus busca también insertar cambios en el Régimen Electoral.

El proyecto también busca generar cambios al régimen electoral, se deroga las PASO. Entre otros puntos, busca que cada distrito se divida en un número de circunscripciones igual al número de diputados que se eligen. Es decir, Mendoza pasaría a tener un número mayor a las 4  circunscripciones que tiene ahora.

Y establece, entre otras cosas, que "cada elector votará solamente por una lista integrada por un candidato titular y un candidato suplente que deben ser de diferente género".

La polémica por Seguridad Interior

En sintonía con el Protocolo Antipiquete de Bullrich, la ley ómnibus promueve el endurecimiento de las penas para quienes corten el tránsito o interfieran con la libre circulación de las personas.

El artículo 326 busca una modificación del Código Penal de la Nación. "Sustitúyese el artículo 194 del Código Penal de la Nación, por el siguiente: "ARTÍCULO 194.- El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de uno (1) a tres (3) años y seis (6) meses. Si se impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o medios de transporte público portando un arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos (2) a cuatro (4) años de prisión, siempre que no constituyere un delito más severamente penado", sostiene la modificación propuesta.

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 Y luego añade penas para los dirigentes que promuevan este tipo de manifestaciones: "Quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe. Le corresponderá pena de prisión o reclusión de tres (3) a seis (6) años a quienes mediante intimidación, simulando autoridad pública o falsa orden de la autoridad, bajo promesa de remuneración o bajo amenaza de quita o de asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole, obliguen a otro a asistir, permanecer o alejarse de una movilización o protesta".

La diputada del Frente de Izquierda, Myriam Bregman se manifestó casi de inmediato contra esta parte de la ley. "El que vota esto, vota dictadura", aseguró.

 El artículo al que se refiere Bregman es el 331, que dice que "a efectos de este Capítulo de la ley, entiéndase por 'reunión' o 'manifestación' a la congregación intencional y temporal de tres (3) o más personas en un espacio público con el propósito del ejercicio de los derechos aludidos en la presente".

Luego, Milei apunta también sus intenciones de modificar al INCAA, cerrar el Instituto Nacional de la Música, cerrar el Instituto Nacional del Teatro y dar de baja al Fondo Nacional de las Artes.

Casi para el final, el presidente se guardó "una perlita" y puso un artículo que propone legalizar el decreto Nº70/2023, emitido días atrás y que entrará en vigencia en las próximas horas.

"Artículo 654- Ratificase el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº70/23", reza uno de los últimos párrafos del cuerpo de ley que busca modificar sustancialmente distintos campos de la economía, la política y la vida social de los argentinos.