El juez Quirós dio lugar a un amparo pedido por la Provincia. Fue sobre el final del año pasado y sienta un antecedente que puede ser tomado como referencia para otras provincias. La medida nacional objetada ahora es estudiada por el magistrado, quien decidirá si es inconstitucional.
Freno a Caputo en las sanciones contra compañías eléctricas de Mendoza
El Ministerio de Economía tendrá que explicar al juez federal Pablo Quirós de Mendoza por qué aplica sanciones a las distribuidoras eléctricas que cobran a través de la factura el alumbrado público que prestan los municipios.
El viernes 20 de diciembre de 2024 se conoció la última resolución nacional de observar a las distribuidoras mendocinas por esta supuesta transgresión a la norma de defensa del consumidor que invoca la decisión del ministro Luis Caputo que le aplicó a un centenar de empresas que distribuyen la energía en el país.
Lo concreto es que fue el Gobierno de Mendoza quien planteó ante el Juzgado Federal N° 2 este reclamo. Fueron Ricardo Canet, Asesor de Gobierno y Fernando Mario Simón, Fiscal de Estado, quienes hicieron este planteo en representación de la Provincia de Mendoza.
Es una acción de amparo contra el Ministerio de Economía de la Nación - Secretaría de Industria y Comercio, "para que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución Nro. 267/2024 por causar un gravamen irreparable a los derechos constitucionales de la Provincia".
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Los organismos mendocinos de defensa constitucional consideran que el gobierno nacional de Javier Gerardo Milei "se arroga de manera injustificada atribuciones sobre cuestiones inherentes al Poder Legislativo y Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Economía y su Secretaría de Industria y Comercio". Para el Fiscal de Estado y el Asesor del Gobierno, el Ejecutivo nacional comete una inconstitucionalidad porque al excederse en las competencias de los organismos que dependen de Caputo.
Razones mendocinas contra Caputo
Es verdad que el alumbrado público es provisto por los municipios y en la teoría, debería ser cobrado por cada comuna. Pero este consumo eléctrico se incluye en las facturas que hacen las distribuidoras a los usuarios porque, en definitiva, son las mismas empresas que proveen de electricidad a las comunas. Esto es avalado por las normas y reglamentaciones provinciales, de ahí el reclamo mendocino de la inaplicabilidad de la medida del ministro Caputo que interfiere con disposiciones locales que están dentro de la competencia provincial, como es la provisión del servicio eléctrico.
Las empresas afectadas son las grandes distribuidoras Edemsa, Cooperativa Eléctrica de Godoy Cruz, y Edeste además de las cooperativas de electrificación en los departamentos con amplias áreas rurales.
Por eso, finalmente el lunes 30 de diciembre de 2024, el juez Quirós resolvió e informó a las partes enfrentadas dentro del expediente "Provincia de Mendoza contra Ministerios de Economía - ENA Sobre Amparo Ley 6.986".
El magistrado federal dejó sentado en su fallo un antecedente que puede ser la "inspiración" para otras jurisdicciones donde las prestatarias cobran cargos municipales que son inherentes al servicio eléctrico. Quirós entonces decidió "la suspensión inmediata de la Resolución Nro. 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación".
Dentro del mismo resolutivo, el juez conmina al gobierno nacional a que fundamente la medida en un informe que obliga la misma ley de amparo. Y más allá de resolver la medida cautelar, el juez deberá ahora resolver si la medida de Caputo es inconstitucional o no.