A las 8 de este viernes comenzó el período que restringe actividades electorales y reuniones masivas.
Comenzó la veda electoral: todo lo que está prohibido hasta el domingo
Este viernes 20 de octubre a las 8.00 comenzó lo que se conoce como la veda electoral. Este período, que abarca un conjunto de restricciones, tiene como objetivo asegurar un proceso de votación limpio y justo.
La veda electoral es una parte esencial del proceso electoral y se encuentra regulada por el artículo 71 del Código Electoral. Este artículo establece que la veda electoral debe entrar en vigencia 48 horas antes de la apertura de las urnas y finalizará tres horas después de que se cierre la votación. Aquellos que no respeten estas restricciones pueden enfrentar denuncias y sanciones, siempre que se demuestre una violación del Código Electoral.
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¿Cuáles son las restricciones?
1. Restricciones a la Campaña Electoral: Durante este período, los precandidatos presidenciales tienen prohibido realizar actos de campaña. Esto garantiza que los votantes no estén expuestos a la propaganda política en las horas previas a la votación, lo que podría influir en su decisión.
2. Prohibición de Venta de Bebidas Alcohólicas: Desde las 20:00 horas del sábado 21 de octubre, se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas. Esta restricción estará vigente hasta las 21:00 horas del domingo, lo que significa que durante aproximadamente 25 horas, no se permitirá la venta de alcohol.
3. Prohibición de Declaraciones de Propaganda Política: Durante la veda electoral, no se permiten declaraciones de propaganda política por parte de funcionarios ni medios de comunicación. Esto asegura que no se realicen declaraciones tendenciosas que puedan influir en el voto de los ciudadanos.
4. Restricciones en la Difusión de Encuestas Electorales: Se prohíbe la difusión de encuestas o sondeos que estén relacionados con las elecciones durante este período. Esto evita que los resultados de las encuestas influyan en la decisión de los votantes.
Además de estas restricciones, existen otras prohibiciones que cubren una amplia gama de actividades, desde espectáculos públicos hasta la apertura de organismos partidarios cerca de los centros de votación.
El incumplimiento de estas restricciones puede tener consecuencias legales. Según el Código Electoral, aquellos que intenten inducir a otros a votar de cierta manera o violar el secreto del sufragio pueden enfrentar penas de prisión de hasta tres años. Además, las multas pueden oscilar entre $10.000 y $100.000 para ciudadanos que no respeten las restricciones de publicidad y campaña política.
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