El Gobierno provincial promulgó finalmente la Ley 9529 que actualiza el procedimiento de las actividades mineras. El control queda en manos de la Dirección de Minería dependiente del Ministerio de Energía y Ambiente.
Mendoza ya tiene nuevo Código de Procedimiento Minero
Este martes 3 de junio el Gobierno de Mendoza promulgó la Ley 9529 que establece y actualiza los procedimientos mineros en la provincia. Lo publicó en el Boletín Oficial y la norma consta de 293 artículos. La Dirección de Minería, dependiente del Ministerio de Energía y Ambiente, será la encargada de controlar que se cumpla y Jerónimo Shantal estará a cargo.
Otro de los aspectos que se crea a partir de ahora, es el Consejo de Minería que "atenderá contra las resoluciones apelables y que cause gravamen irreparable emanado de la Dirección de Minería. Además, tendrá funciones de órgano consultivo cuando la Dirección lo requiera. El Poder Ejecutivo entenderá, en última instancia".
Además, este Consejo estará compuesto por un consejero titular y un consejero suplente, ambos con título de abogado; un consejero titular y un suplente ambos con el título de ingeniero en minas, geólogo, o ingeniero especializado con experiencia acreditada en minería o profesional con título de grado que acredite experiencia por cinco años en materia minera; y un consejero titular y un suplente representando a las cámaras empresarias y otras entidades afines a la minería en la provincia, priorizando aquellas de mayor representatividad dentro del sector minero provincial.
La Cámara de Senadores, el pasado 23 de abril, en un acuerdo entre Cambia Mendoza y la mayoría de la oposición, dio sanción definitiva a la norma y este martes el Ejecutivo la promulgó oficialmente.
En el Título XIII, establece la Policía Minera y su régimen sancionatorio. "La Autoridad Minera ejercerá el poder de Policía Minera por intermedio de los inspectores provinciales que al efecto se designen", señala en el Artículo 200 y en los posteriores, agrega que las funciones de la Policía Minera son "inspeccionar y vigilar los trabajos subterráneos y superficiales y los elementos, equipos, maquinarias y plantas de beneficio que tengan por objeto la exploración, explotación, procesamiento, comercialización, transporte de minerales y sustancias pétreas y toda otra actividad", entre otros como comprobar los trabajos que se realicen y certificar los datos.
Algo para destacar, es que "los inspectores tendrán libre acceso a todos los trabajos, laboreos mineros e instalaciones que tengan por objeto la exploración, explotación y beneficio de sustancias minerales y pétreas".
La autoridad minera podrá dictar sanciones a quienes no cumplan con la ley hasta llegar a suspender a las empresas si se repiten las infracciones.
La Ley 9529
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