Un juez platense frenó el artículo que derogaba la Ley de Tierras porque puede afectar los intereses soberanos en las Islas Malvinas. Una organización civil local también presentó un amparo ¿Qué hará la diputada libertaria y "malvinera" por Mendoza?
El capítulo mendocino y "malvinero" del fallo que recorta más al DNU de Milei
Un juez federal platense dio lugar a una medida cautelar y suspendió el párrafo del DNU 70/23 de Javier Milei que refiere a la liberación de la venta de territorios argentinos a extranjeros. Ernesto Kreplak es el magistrado que con su fallo preliminar volvió a recortar los alcances del decreto de necesidad y urgencia. En este caso impidiendo que se derogue la "Ley de Tierras" titulada oficialmente como Régimen de Protección al Domino Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales.
¿Por qué es importante esta novedad que se supo ayer lunes 29 para quienes se oponen al artículo 154 del decreto del presidente libertario? De acuerdo a la consideración de los sectores cuestionadores este párrafo es "el corazón" de la idea desreguladora del Poder Ejecutivo.
Esta primera resolución judicial favorece al amparo planteado por Centro de Excombatientes Islas Malvinas La Plata representado por su titular Rodolfo Carrizo. El núcleo del recurso de los excombatientes se encuentra en la advertencia en la cosecuencia que puede tener la aplicación de ese artículo desregulador que es la afectación sobre la soberanía nacional.
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El mismo juez admite que el amparo es colectivo algo que la defensa legal del gobierno nacional rechaza. Señala el juez : "si bien el objeto estatutario de la Asociación actora se orienta a la defensa concreta de los derechos soberanos en el Atlántico Sur, Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, el bien jurídico Soberanía Nacional, en razón de su naturaleza colectiva e indivisible, no resulta susceptible de tutela parcial o selectiva".
Puntualmente describe que "a mayor abundamiento, debe destacarse que la derogación de la norma legal tutelar, habilita sin más, la adquisición por extranjeros, de tierras rurales (en los términos vedados por la Ley derogada) en los mismos territorios ilegítimamente ocupados por el Reino Unido, que la Asociación actora tiene por objeto estatutario defender".
En Mendoza
"Soy de Las Heras y soy licenciada en comunicación social. También estudié en la escuela superior de guerra conjunta, análisis estratégico y geopolítica. Mi papá es veterano de la guerra de Malvinas. No pude ejercer mi profesión como locutora y con mi mamá empezamos un emprendimiento de venta de cremas y cosméticos mientras iba militando. Agradezco a Dios y al pueblo de Mendoza esta posibilidad y la idea es trabajar en la parte de las Fuerzas Armadas y seguridad apoyando, conozco el ambiente".
La cita corresponde a Lourdes Arrieta diputada nacional libertaria por Mendoza. Fue el lunes 15 de enero cuando la parlamentaria hizo este resumen para la audiencia del programa "Tenés que saberlo" (Radio Jornada 91.9, delunes a viernes de 7 a 10).
La referencia viene a cuento porque el viernes 26 le llegó a la legisladora "malvinera" Arrieta una carta desde la Fundación Pedemonte ocupada en los casos de protección del ambiente y los ecosistemas. Esa misiva enviada a los correos de los congresales representantes de Mendoza en el Parlamento nacional señala la presentación de un amparo contra el DNU 70/23 para suspender la liberación de la venta de territorios argentinos a extranjeros.
El POST consultó a la congresal oficialista sobre este aspecto porque será ella junto a sus pares, en este caso de la Cámara de Diputados que tendrán que definir si aprueban o le bajan el pulgar al decreto presidencial. Hasta ayer a última hora Arrieta no respondió el requerimiento periodístico.
Explicador del amparo
La médica veterinaria y ecóloga Brenda Junín, es la presidenta de la Fundación Pedemonte. Es la amparista desde Mendoza contra el DNU en su párrafo que deroga la Ley de Tierras. Estos son los argumentos que fundan el amparo que espera una resolución desde los Tribunales Federales en Mendoza. Esta es la carta que la organización civil envió a los legisladores nacionales.
• Para que se creo la ley. "La Fundación Pedemonte presentó un amparo el 10 de enero contra el Poder Ejecutivo Nacional por el DNU, al que consideramos inconstitucional, pero especialmente en lo referido al artículo 154 que busca la derogación de la Ley de Tierras que es una ley que se aprueba en 2011, después de un gran periodo y mucha convulsión en venta de territorios extranjeros, donde se ofertaba y se regalaba realmente la tierra a valores irrisorios. Entonces, con mucho debate y mucho apoyo, salió la Ley de Tierras y se crea el Registro Nacional, que es donde se establecen autorizaciones para venta de terrenos que tengan cuerpos de agua de envergadura, es decir, tienen que solicitar un permiso previo y recién después, según la importancia de ese cuerpo de agua, se autoriza la venta o se toman resguardos. Y así se sabe quién, cuánto y dónde está cada terreno, cada propiedad que se vende con fines inmobiliarios en la República Argentina, en una provincia o en un municipio, ¿no es cierto? Es un registro que tiene validez para distintas jurisdicciones. Lo que sucede con esta Ley de Tierras es que establecía el porcentaje de tierras en manos de extranjeros, en qué porcentaje societario podía estar en manos de extranjeros, cosa que luego fue flexibilizada por el gobierno de Macri, donde un 25 por ciento, que era lo que se autorizaba en la ley que se reglamentaba en el 2011, Macri lo relajó a un 51 por ciento. Sin embargo, a pesar del debilitamiento, la Ley de Tierras está vigente y se llega a saber cuánto se compra en cada lugar, quién lo vende, y está prohibida la venta en zonas de fronteras o en zonas que sean ribereñas o de gran valor para la planificación del país.
• Los tres amparos. "Es un momento sumamente importante porque estamos trabajando en conjunto los que somos amparistas. Hay tres amparos en el país contra la derogación de la Ley de Tierras, uno en la provincia de Río Negro, otro en Mendoza, encarado como un amparo ambiental de la Fundación Pedemonte y un amparo colectivo hecho por el Centro de Combatientes Islas Malvinas de la Plata. En este momento al amparo de Fundación Pedemonte aún no le han habilitado feria. Hemos presentado un recurso a la jueza y hemos presentado una apelación subsidiaria. Es decir, la jueza ya contestó que no entiende la inmediatez y en este momento estamos en la apelación subsidiaria pero en tres días más termina la feria judicial así que suponemos que será tratado en forma inmediata el amparo. El que se va a sumar seguramente a lo que expresa el juez de La Plata donde da lugar al amparo de los excombatientes y seguramente van a poder trabajar juntos los amparos, es decir, se unan y van a trabajar en forma conjunta".
• Consecuencias mirando Malvinas. "Si se aplica el artículo 154 del DNU ya no habrá límite para la propiedad de la tierra. Eso debilita enormemente la defensa nacional y el resguardo en zonas de frontera, en zonas ribereñas y en las zonas que son de gran capacidad de agua dulce. Además de limitar si en algún momento sucediera algo más serio en el Atlántico Sur, entre las Islas Malvinas que están usurpadas y la Patagonia que está muy codiciada, se limitarían las decisiones sobre la Antártida y nuestra posesión de tierras argentinas en la Antártida en futuro tratamiento del Tratado Antártico".