El gobernador Suarez envió la semana pasada un proyecto de ley con cambios sustanciales y calientes que el peronismo y parte de los jueces resisten. Empiezan los debates en comisión. Claves de la polémica.
Cuándo y cómo se tratan los cambios en la Suprema Corte de Mendoza
El proyecto de ley para cambiar el modo en que llegan las causas a los jueces de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, la carga de trabajo de las salas, y el voto de los casos en plenario de los siete magistrados, llegará el jueves al debate en comisiones legislativas envuelto en llamas. Las modificaciones son sustanciales, en muchos sentidos. Pero la principal consecuencia política del sistema de "colegio" de jueces que se propone y del sorteo de causas, más reglamentar los debates del pleno de la Corte, es que se tiende a eliminar el "forum shopping" y a reducir el poder de la "sala peronista", habitualmente "garantista", del máximo tribunal mendocino, que con sólo dos de los votos de los siete jueces de la Corte puede decidir sobre causas trascendentes tales como la inconstitucionalidad de determinadas leyes, Ítem Aula, o la prisión perpetua, por ejemplo. En la Sala II de la Suprema Corte (sala penal y laboral) revistan los ministros de origen peronista Mario Adaro y Omar Palermo, que suelen estar en las antípodas del oficialismo radical en materia de persecución penal, aunque no siempre es así. El otro juez de esta sala es José Valerio, cercano al oficialismo. Pero más de una vez le hacen el "dos-uno". Que es perfectamente legal. En la Sala I (civil y comercial) que tiene mayoría "radical" y un peronista, puede ocurrir a la inversa. Ahora, antes de avanzar en el debate, conviene conocer los puntos centrales del proyecto oficial:
Claves del proyecto para cambiar el funcionamiento de la Suprema Corte | |
1 | Se elimina el sistema de salas fijas. |
2 | Se crea por sorteo una sala de tres jueces por cada caso que ingresa a la Suprema Corte. |
3 | El presidente de la Corte es sorteado con el resto y fallará como cualquier juez, en el caso que le toque. |
4 | La Corte funcionará como un tribunal colegiado, de modo que nunca un caso del alto tribunal quede sin jueces. |
5 | Los plenarios que hoy son facultad del presidente de la Corte o de los presidentes de las salas, según cada caso, ahora se "ordenan" por ley. |
6 | Las acciones de inconstitucionalidad, los conflictos de poderes, o entre municipalidades, o internos entre sectores de un poder, las acciones procesales administrativas, las acciones de inconstitucionalidad, deben tratarse siempre en plenos de los siete jueces. |
7 | En cualquier momento de un proceso, dos jueces de la sala sorteada que trata un caso, o el presidente de la Corte, o tres jueces cualesquiera del tribunal, pueden pedir el fallo plenario. |
8 | Habrá una oficina de gestión que se ocupará de los sorteos y de la agenda de las audiencias. |
La pelea
El problema que preocupa al gobierno hoy ocurre con causas doctrinarias (seguridad-inseguridad) o acciones contra el Estado. Fue la Sala II la que ordenó reincorporar a una serie de agentes estatales que Alfredo Cornejo dejó cesantes, por entender que el gobernador peronista Francisco Pérez había violado la ley de Responsabilidad Fiscal al pasarlos a planta permanente en los últimos meses de su gestión, en 2015. Uno de los casos resonantes fue el de Mario Ferrari, un contratado que había sido secretario privado de Celina Sánchez, esposa del entonces gobernador Pérez. La Corte ordenó, a través de la Sala II, reincorporarlo y pagarle hasta el último sueldo más intereses.
La discusión durante los años de Cornejo en el Gobierno fue la de "mano firme" versus "garantismo". El ex gobernador, actual senador nacional, peleó duro contra la "puerta giratoria" de la justicia, y logró varias leyes clave para la transformación de un sistema garantista, en otro que tome recaudos por la víctima. Reiterancia, prisiones preventivas más severas, Extinción de dominio, imprescripción de causas de corrupción, Código de Faltas, oralidad, reformas al Código Procesal Penal, mayores multas y penas de tránsito, tribunales penales colegiados, juicios por jurado -en este caso con acuerdo del peronismo- fueron algunas de esas reformas.
La Sala II carga además el 75 % de las causas que llegan a la Corte. Esto es porque naturalmente reciben los expedientes penales y laborales que son los fueros en los que entienden. Pero además, reciben el doble de los casos de acciones procesales administrativas y de inconstitucionalidad, que la Sala "radical" del tribunal, integrada por Teresa Day, Pedro Llorente, y el peronista Julio Gómez.
Forum shopping
El proyecto modifica el modo en que llegan las causas a la Corte. El desbalance entre salas es muy grande. Entre 2018 y 2022, la Sala I recibió 2437 casos, y la Sala II, 7147. Los expedientes llegan a la Suprema Corte de dos formas: Por competencia original (los casos penales y laborales van a la Sala II, y los civiles y comerciales a la Sala I), o por fecha, en aquellos casos que comprenden acciones procesales administrativas (única apelación posible contra el Estado, de rango constitucional), o acciones de inconstitucionalidad. En la primera quincena del mes la Sala I recibe estos casos especiales, y en la segunda, lo hace la Sala II. Y la verdad es que la mayoría de las APA y de las inconstitucionalidades, recayeron en la Sala II. Para ser precisos, 986 contra 505 de la Sala I también entre 2018 y 2022. ¡Por qué? La explicación es simple. La mayoría de los abogados de Mendoza que deben litigar en la Corte, "eligen" en que sala hacerlo. Esto se acaba con la nueva ley, en caso de sancionarse.
En comisiones
El peronismo no tardó ni cinco minutos en expresar durísimas críticas al proyecto. El senador Lucas Ilardo, el diputado nacional Adolfo Bermejo y la senadora nacional Anabel Fernández Sagasti, fueron de los más activos. La oposición tomó como banderas además opiniones de ex jueces de la Corte como Aída Kemelmajer y Alejandro Pérez Hualde, que criticaron el proyecto. Por lo que se ve, la discusión política va a estar bien pesada. Pero habrá un buen ámbito en el cual pelear.
Este jueves, habrá una sesión conjunta de las comisiones que entienden en legislación y asuntos constitucionales, tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados de Mendoza. Allí, expondrán ante los legisladores el subsecretario de justicia de la provincia, Marcelo D'Agostino, y también lo harían el presidente de la Suprema Corte Dalmiro Garay, y el juez José Valerio. Probablemente la oposición pedirá otras voces. De todos modos, aunque puede que haya alguna modificación para evitar rispideces, la mayoría oficialista está en condiciones de aprobar el nuevo funcionamiento de la Corte, por el peso de su mayoría legislativa. El proyecto completo, se puede leer aquí:
No hubo mucho espacio de negociación previa. Se sabe que el gobernador Rodolfo Suarez habló con cada uno de los siete jueces de la Suprema Corte, y que las opiniones quedaron divididas y por eso no fue la propia Corte la que envió el proyecto a la Legislatura y lo hizo el gobierno. Ahora, será muy difícil para la oposición demostrar que este esquema va "contra la independencia" de la Justicia, toda vez que los turnos que permitían elegir el tribunal más conveniente, se reemplaza por sorteo de los jueces de la Corte que intervendrán en cada caso.
En pleno
El otro punto de debate es el de los "plenos" del tribunal. Hoy, el presidente de cualquier sala puede pedir un "pleno" si cree que el caso lo amerita. Lo mismo puede hacer el presidente de la Corte, pero la verdad es que sucede en contados casos. Con el proyecto que tratará la Legislatura, las "salas" colegiadas de tres jueces que entiendan en cada caso, podrán pedir un pleno, a través de dos de los jueces de la sala. También pueden pedir un pleno en cualquier momento de cualquier proceso, tres jueces de la Corte, o su presidente. Es cierto que en los plenos podría prevalecer la opinión de los que son mayoría y adhieren a una justicia menos garantista. Pero no siempre es así. En junio de este año, la Suprema Corte debió decidir sobre los delitos en grado de tentativa, a raíz de un robo. Y juzgaron que las penas -cuando el delito no se alcanza a cometer por causas ajenas al que lo intenta- irán de dos tercios del mínimo, a la mitad del máximo. Es decir, que antes de ese fallo, una persona imputada de intento de homicidio simple podía salir en libertad, en horas. Con la nueva interpretación, debe quedar detenido. Esa decisión se tomó en un pleno de la Suprema Corte, y junto con los "radicales" Dalmiro Garay, Pedro Llorente, Teresa Day y José Valerio, votó el "peronista" Julio Gómez. En contra votaron Mario Adaro y Omar Palermo. Es decir, que ese fallo que enterró la "mano suelta" judicial en los delitos en grado de tentativa, fue compartido.
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