El Gobernador, mediante el Decreto Nº 2846, estableció un mayor control sobre las erogaciones públicas. La medida busca preservar el equilibrio presupuestario y eliminar derroche por goteo.
Cornejo ajusta el cinturón del gasto público en Mendoza
El gobierno de la provincia estableció una nueva normativa para controlar el gasto público, se trata del Decreto Nº 2846, que se publicó este jueves 6 de febrero en el Boletín Oficial.
La medida impone una serie de restricciones y controles sobre las contrataciones y erogaciones en la Administración Pública Provincial, con la intención de mantener el equilibrio presupuestario.
La normativa establece que cualquier nuevo contrato o ampliación de contratos existentes, ya sea por servicios, obras u honorarios deportivos, deberá contar con autorización expresa tanto del Ministro de la jurisdicción involucrada como del propio Gobernador.
Esta medida busca poner un freno a posibles excesos en la asignación de recursos, alineándose con los límites fijados por la Ley de Responsabilidad Fiscal Nacional N° 25.917.
Asimismo, el decreto restringe la tenencia de celulares oficiales a un círculo muy reducido de funcionarios. De ahora en adelante, solo el Gobernador, Ministros, Secretarios, Subsecretarios y Directores podrán disponer de estos equipos, salvo excepciones justificadas por razones de servicio.
Quienes no cuenten con la autorización correspondiente deberán devolver los dispositivos en un plazo de 30 días, bajo pena de que los gastos sean descontados de sus haberes.
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Otra de las medidas incluidas en el decreto es la estricta regulación de las contrataciones con Universidades, Facultades, Fundaciones y otros organismos no gubernamentales que impliquen gastos para la provincia. Todos estos acuerdos deberán pasar por el filtro del Ministerio de Hacienda y Finanzas antes de su aprobación.
El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a cargo de llevar adelante este plan de ajuste, tendrá la tarea de monitorear el cumplimiento de estas disposiciones y ajustar los porcentajes de gasto en función de la recaudación.
Se prevé una afectación preventiva de las erogaciones corrientes y de capital en un 25% acumulativo por trimestre, distribuyéndose en enero, abril, julio y octubre. Sin embargo, partidas esenciales como sueldos, educación y salud quedan exceptuadas de estas restricciones.
El decreto
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