Alejandro Gullé opinó que hay que rechazar la apelación de Nilda Verón y la Comunidad Mapuche Lof El Sosneado sobre 3.400 hectáreas.
El procurador dictaminó contra el lof mapuche del Sur de Mendoza
Alejandro Gullé, procurador de la Corte Suprema de Justicia, dictaminó contra la comunidad Mapuche Lof El Sosneado. Esto es por el reclamo de los supuestos pueblos originarios sobre 3.400 hectáreas y aconsejaron el rechazo del recurso judicial que presentaron.
El 27 de enero pasado, a través de las resoluciones 36 y 42, el INAI reconoció la ocupación "actual, tradicional y pública" de las comunidades Lof El Sosneado, en San Rafael, y Lof Suyai Levfv, en Malargüe. Se trata de un total de 21.500 hectáreas que el Gobierno nacional cedió a estos grupos.
Nilda Verón perdió un juicio contra la empresa SOMINAR por la ocupación de la "Estancia El Sosneado"en la Cámara de Apelaciones. La familia de la mujer alquilaba el lugar y pagaba un canon, pero ella decidió dejar de abonar ese alquiler invocando ser de la comunidad ancestral. La justicia falló a favor de la empresa.
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El pleito fue iniciado por Sominar SA que, frente a la ocupación mapuche, demostró ser propietaria de los terrenos.
La Justicia de San Rafael le dio la razón a Sominar SA en primera y segunda instancia. Verón y la comunidad mapuche Lof El Sosneado acudieron a la Suprema Corte en apelación. En este contexto, Alejandro Gullé opinó que la Sala I deberá rechazar dicho planteo.
"No se había acreditado la posesión tradicional, actual y pública, ni que el territorio se encuentre dentro del relevamiento técnico catastral informado por el INAI correspondiente al pueblo Mapuche, por lo que debía recovarse la suspensión de la ejecución de la sentencia", argumentó.
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