Sánchez Cabezudo, triatleta argentino, fue detenido por circular en bicicleta por la Ruta 11. El deportista reprochó el accionar de los uniformados y la discusión terminó en forcejeo.
Video: violenta detención de un ciclista que circulaba por la Ruta 11
El triatleta marplatense Diego Sánchez Cabezudo fue detenido este jueves cuando, junto a otros deportistas, circulaba con su bicicleta por la Ruta 11. El episodio ocurrió en cercanías del cruce de Las Macetas, camino a Chapadmalal. En ese lugar, el grupo de ciclistas realizaba una de sus salidas de entrenamiento cuando un automovilista se acercó hasta el Destacamento Vial Chapadmalal para alertar sobre el peligro que suponían por ellos mismos y terceros.
Los efectivos, luego de esta denuncia, detuvo la marcha de los ciclistas y les informó que estaba prohibido circular por la ruta. Y fue en ese momento donde se desencadenó una discusión que terminó con Sánchez Cabezudo en el suelo, con un corte en la cabeza, y retenido por tres policías.
Sus compañeros fueron los que dieron a conocer la situación que vivieron a través de distintos videos que fueron publicados en las redes sociales.
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En declaraciones a un medio local, al recuperar la libertad, el deportista contó: "Salimos a pedalear como todos los días, con un grupo de amigos. En el retén ubicado en el campo La Moriniga, por donde siempre pasamos, nos paran. En un momento pensamos que paraban a coches, porque hace 40 años que paso que por ahí. Una vez que frenamos nos dicen que no podemos circular y que tenemos que dejar las bicicletas ahí, ya que era una contravención", agregó.
Y cuestionó: "Abusaron de una ley que no les tocaba en la Ruta 11. Yo me recaliento, uno me empuja y se arma el despelote. Ellos fueron más allá de su autoridad".
Sánchez Cabezudo fue trasladado a sede policial por entenderse que se había resistido al procedimiento y se le elevaron cargos por resistencia a la autoridad.
¿Qué dice la Ley Nacional de Tránsito?
Según lo que establece Ley Nacional de Tránsito N° 24449, en su artículo 46 inciso b, la presencia de bicicletas queda prohibido en autopistas o en semiautopistas al figurar de manera explícita que la circulación de "peatones, vehículos propulsados por el conductor, vehículos de tracción a sangre, ciclomotores y maquinaria especial" se encuentra vedada.
La normativa también define como autopista "una vía multicarril sin cruces a nivel con otra calle o ferrocarril, con calzadas separadas físicamente y con limitación de ingreso directo desde los predios frentistas lindantes".
Por otra parte, en su artículo 60, habilita al uso de la vía pública para fines extraños al tránsito, tales como "competencias de velocidad pedestres, ciclísticas, ecuestres", entre otras, siempre que "el tránsito normal puede mantenerse con similar fluidez por vías alternativas de reemplazo".
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