La DGE investiga cuál fue la falla administrativa que le permitió dar clases tras una condena anterior por abuso sexual. Ahora fue detenido e imputado por casos similares.
Por qué un docente con antecedentes de abuso daba clases en una escuela
Tras conocerse la imputación al profesor de Matemática y Ciencias Naturales, de la escuela pública Nº 1-482 Tomás Alva Edison, ubicada en calle Fader en el barrio Santa Ana de Guaymallén, por abuso sexual simple a sus alumnas, un nuevo dato encendió las alarmas en la comunidad y las autoridades. Se supo que el hombre contaba con un antecedente penal de 2017, cuando fue condenado a tres años de prisión en suspenso por el mismo delito.
La Dirección General de Escuelas (DGE) se encuentra investigando cómo el docente pudo volver a ejercer pese a sus antecedentes penales. Según informaron desde el organismo al Post, "todo indica que hubo una falla en el sistema de información del legajo del docente".
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De acuerdo al proceso de contratación para cargos docentes, los aspirantes deben presentar un certificado de antecedentes penales en un plazo de tres meses al postularse para un puesto, por lo que es llamativo que su historial penal haya pasado desapercibido. Sin embargo, las autoridades de la DGE buscan esclarecer si hubo un error administrativo en la actualización del legajo que permitió al docente volver a dar clases.
Las sanciones que enfrenta un docente
Según el Estatuto Docente, las sanciones a las que están sujetos los docentes titulares por incumplimientos graves abarcan desde un apercibimiento hasta la exoneración. Las faltas contempladas incluyen, entre otras, inasistencias injustificadas, abandono voluntario del servicio, delitos contra la administración pública o condenas judiciales por delitos penales.
Las sanciones estipuladas en los artículos 99 a 105 del Decreto 313/85 incluyen:
-Apercibimiento con o sin anotación en el legajo.
-Suspensión de hasta 5 días o de 6 a 29 días.
-Traslado a otra escuela de igual o peor ubicación.
-Cesantía, con inhabilitación de 3 años.
-Exoneración, que implica una inhabilitación de 10 años.
Artículo 105 - Son causas para aplicar la sanción: Exoneración: a) Delito contra la Administración. b) Condena judicial por delito previsto en los artículos 125° a 129° del Código Penal. c) Condena judicial por los delitos previstos en el Libro II del Código Penal: Título VI - Capítulos I,II, III y IV. Títulos VII, VIII, X, XI. Título XII - Capítulos III y VI. d)Condena judicial por los delitos previstos en las leyes Nros. 12.331 y 20.771.
En este caso, recibiendo la sanción más alta, el docente no estaría habilitado para regresar a su profesión en el sistema educativo hasta al menos el año 2027, ya que la exoneración, la sanción más alta, impone una inhabilitación de 10 años para ocupar cargos públicos. Además, aunque cumpliera con el plazo establecido, esta medida le impediría ocupar un puesto que implique contacto directo con estudiantes, dado que el antecedente de abuso le impediría asumir un rol frente a un aula.
Las denuncias e imputación
El miércoles, el docente de 59 años fue detenido y trasladado a la Comisaría 25ª de San José, tras la denuncia de un grupo de alumnas entre 10 y 11 años quienes lo acusaron de abuso sexual.
Según la acusación que derivó en su situación procesal, en reiteradas ocasiones le habría tocado los pechos a las niñas de quinto grado de la institución.
Las alumnas relataron en detalle el proceder del docente y advirtieron que los tocamientos ocurrían dentro del aula, durante las clases y venían sucediendo desde hacía tiempo.
Finalmente, este jueves fue imputado en cuatro hechos por el delito de "ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR LA GUARDA Y CONDICIÓN DE EDUCADOR".
Por el concurso real del delito, el imputado arriesga una pena entre 3 a 40 años de prisión.
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