Revés para un policía mendocino suspendido por golpear a dos hombres

El efectivo había sido suspendido por abuso policial. Ahora, el Gobierno le rechazó un recurso y sólo le resta recurrir a la Suprema Corte.

Revés para un policía mendocino suspendido por golpear a dos hombres

Editó: Mariano Rivas

El Gobierno de Mendoza rechazó un recurso jerárquico presentado por el auxiliar de policía Jonathan Josué Bracamonte, quien había sido suspendido en 2019 tras un episodio de abuso policial. El efectivo, que había recibido una sanción de 40 días de suspensión por parte de la Junta de Disciplina del Ministerio de Seguridad, intentó revertir esta medida mediante un recurso alegando irregularidades y una valoración injusta de la evidencia en su contra.

Los hechos se remontan a mayo de 2018, cuando Bracamonte fue señalado por actuar de forma desmedida durante un operativo en la rotonda del barrio Champagnat. Según la resolución sancionatoria, el agente utilizó su arma de fuego de forma intimidatoria y ocasionó lesiones a dos hombres identificados como Matías Castro y Felipe Mesías. La investigación concluyó que el agente no agotó medidas disuasivas y recurrió a un uso de la fuerza que no era necesario para la situación.

El agente argumentó que el caso fue archivado en la Justicia, pero el Gobierno apuntó que el sumario administrativo es independiente de eso.

Bracamonte planteó en su defensa que el expediente penal del caso fue archivado y que el instructor sumariante desestimó elementos clave de su declaración. Sin embargo, el Gobierno provincial argumentó que el archivo de la causa penal no es un factor determinante en el proceso administrativo. En los fundamentos de su decisión, indicaron que la responsabilidad disciplinaria, que se enfoca en el aspecto ético de su accionar, es independiente de la penal. 

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Con la negativa del recurso jerárquico, la resolución quedó firme en el ámbito administrativo, dejando a Bracamonte una única alternativa: apelar ante la Suprema Corte de Mendoza. Para esto, el agente dispone de un plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución para interponer una acción procesal administrativa ante el máximo tribunal provincial.

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