El representante legal de Hugo Martín Rodríguez, acusado de atropellar y matar a un policía y a un preventor en el Acceso Sur, cuestiona la imputación del fiscal y por ello solicita que la misma sea cambiada y que su cliente espere el juicio fuera de la cárcel.
El abogado defensor pidió la prisión domiciliaria para el conductor ebrio
El abogado defensor del sommelier Hugo Martín Rodríguez (44) presentó en la noche de este sábado el pedido de prisión domiciliaria para su representado, quien fue acusado por el delito de homicidio agravado con dolo eventual, por dos hechos, en concurso real. Esta imputación es por haber atropellado y matado a un policía y un preventor en el Acceso Sur, a la altura de Godoy Cruz.
El abogado Pablo Cazabán defiende al sommelier y solicitó al fiscal de Tránsito Fernando Giunta la prisión domiciliaria para su cliente. El magistrado había dispuesto que vaya a la cárcel, situación que aún no fue concretada, por la grave calificación del delito por el que lo está acusando.
Es que las muertes del policía Leonardo Alarcón Quiroga y del preventor municipal de Godoy Cruz, Santiago David Velázquez Guevara, conmocionaron a la provincia. Incluso, el gobernador Alfredo Cornejo decretó duelo por las víctimas en cumplimiento de sus funciones. Pero la conmoción social por las pérdidas de estas dos vidas aumentó cuando el dosaje de alcohol que le practicaron a Hugo Martín Rodríguez arrojó 2,68 gramos (de alcohol) por litro de sangre. Esto significa que conducía habiendo bebido más de cinco veces lo que está permitido cuando una persona tiene que estar al volante.
Sin embargo, el letrado Cazabán, en diálogo con el POST, explicó los motivos por los cuales solicitó la prisión domiciliaria para su defendido y también cuestionó la grave imputación que le aplicó el fiscal Giunta.
Ver: Quién es el conductor borracho que mató al policía y al preventor en el Acceso Sur
Para el abogado, el sommelier, si bien había bebido y esto es un hecho objetivo, se encontró con una situación caótica en el tránsito. Había una especie de choque en cadena, en una zona del Acceso Sur donde no hay luz y, según Cazabán, un agente señalizando mal con esa especie de espada refractaria, que era movida de un lado a otro. Esto, de acuerdo al letrado, habría confundido a Hubo Martín Rodríguez en el medio de más confusión por los vehículos que estaban accidentados sobre la carpeta asfáltica y en la banquina.
Además, Cazabán cuestiona la interpretación del delito que hizo el fiscal, cuya pena va de 8 (mínima) a 25 años de máxima de prisión, que por el concurso real serían 50. Para el abogado defensor no hay dolo eventual, sí sería un homicidio culposo y tampoco hay concurso real. Lo argumenta diciendo que el artículo N° 84 bis del Código Penal establece que "será reprimido con prisión de dos (2) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte". Y el defensor aclara que en esta ocasión existe el agravante de culpa temeraria o representación, por haber ingerido alcohol sabiendo que luego debería conducir.
Ver: Alcohol al volante: qué significa el término jurídico "simple embriaguez"
Para pasarlo en limpio, Cazabán buscará, se verá si con éxito o sin él, que el sommelier Rodríguez sea acusado por el delito de homicidio culposo agravado por la culpa temeraria o representación en dos hechos en concurso ideal, que de ser encontrado culpable tendría una pena que va desde los 3 a los 6 años de cárcel.