La despenalización del aborto se volverá a debatir con el nuevo Código Penal, luego de que el Congreso nacional reabra la discusión este mismo mes.
El Congreso ahora discutirá la despenalización del aborto
El debate por el aborto legal no ha terminado, y parece lejos de estarlo. Este mismo mes, por caso, el Congreso Nacional abrirá nuevamente la discusión.
Será el próximo 21 de agosto cuando el Poder Ejecutivo envíe al Senado de la Nación el proyecto de reforma del Código Penal que, entre sus más de 500 artículos, propondrá que un juez podrá eximir de pena a la mujer que se practique un aborto. Tampoco será punible esta práctica en caso de un embarazo producto de un abuso sexual.
"Hay una mayoría abrumadora de legisladores, tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados, que suscriben calurosamente ambas premisas, por lo que es muy posible que se aprueben. Conforman la postura intermedia que, a último momento, intentó impulsar ayer un grupo de senadores una vez que comprobó que no reuniría la mayoría suficiente para sancionar la legalización del aborto", según refiere diario La Nación.
En tal sentido, el anteproyecto de reforma del Código Penal que remitirá el Poder Ejecutivo al Congreso tiene un capítulo referido al aborto que busca un equilibrio que contemple todos los derechos constitucionales en juego: el derecho a la vida y el derecho a la libre disponibilidad del cuerpo de la mujer y a su autonomía personal.
Ver además: Discusión por el aborto legal: ganó el "No"
Como sea, el documento que remitirá el Poder Ejecutivo al Congreso fue diseñado por una comisión de jueces y fiscales presidida por el camarista de Casación Penal Mariano Borinsky.
Allí, en el capítulo referido al aborto, los magistrados buscaron un equilibrio que contemple todos los derechos constitucionales en juego: el derecho a la vida y el derecho a la libre disponibilidad del cuerpo de la mujer y a su autonomía personal.
Se mantiene el aborto como delito, pero con más excepciones que los que dispone el Código actual. Una modificación central es declarar no punible a la mujer que cause su propio aborto o consienta que otro se lo practique.
Otra modificación clave del anteproyecto establece que cualquier mujer puede interrumpir su embarazo en caso de que este provenga de un abuso sexual. De esta manera, la Comisión de Reforma del Código Penal receptó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la materia en el fallo "F.A.L.".
También se mantienen las dos causales de aborto no punible previstas en el actual Código Penal, extendiéndose el concepto de salud de manera tal que queda incluido como supuesto de aborto no punible los casos en los que se verifique riesgo para la vida o la salud tanto física como la mental de la mujer, en consonancia con el estándar de salud definido por la Organización Mundial de la Salud.