El gobernador envió dos proyectos de ley con los que busca que los temas de Familia y Minoridad sean tratados de manera integral, sean más simples y tengan como motor la oralidad.
Cornejo propone cambios radicales al Código Procesal de Familia
En las últimas horas, Alfredo Cornejo presentó dos proyectos de ley en la Legislatura. Tratan sobre problemáticas de Minoridad y Familia, divorcio exprés y adopción ágil.
El mandatario brindó detalles sobre el Código Procesal de Familia y Violencia Familiar y Régimen Jurídico de Protección de las Personas Menores de Edad, temas que fueron difundidos por la oficina de prensa del gobierno local.
Principales modificaciones que introduce este nuevo código
Proceso de adopción
En la iniciativa, se busca también agilizar los procesos de adopción. Para esto se establecen, audiencias orales, inmediación (contacto directo del menor con el Juez) y plazos claros y fijos para cumplir con cada parte del procedimiento.
La normativa contempla procedimientos especiales para menores con familia o sin ella. Por ejemplo: cuando nos encontremos frente a un menor que tenga familia establecida el término del procedimiento para declarar la situación de adoptabilidad será de 8 meses y medio (incluidos los 6 meses de revinculación con la familia). En cambio cuando se trate de un menor sin familia el término se reduce a 75 días corridos, teniendo los plazos máximos establecidos en el proyecto.
Vencidos los plazos mencionados anteriormente pasamos a la etapa de guarda con fines de adopción la que será declarada en un término de 53 días como máximo. La sentencia que la declare, establecerá el plazo de guarda que no podrá de exceder de 6 meses. Llegando así al Juicio de Adopción, en el que será declarada la adopción del menor por el Juez de Familia y Violencia Familiar en el plazo de 24 días.
Siempre teniendo en cuenta que todos estos plazos podrán ser reducidos por el Juez atendiendo la situación de vulnerabilidad de la persona menor de edad.
Por lo tanto un pretenso adoptante deberá esperar casi 9 meses como máximo para adoptar a una persona menor de edad que tenga la situación de adoptabilidad declarada.
Divorcio
Cualquiera de los cónyuges podrá peticionar el divorcio acompañando propuesta de acuerdo. Los plazos para que el juez dicte una sentencia de divorcio se reducen de 80 (o más) a 10 o 15 días, según sea unilateral o bilateral. Además se incluye la oralidad en los procesos. Comienza a hablarse de divorcio unilateral, cuando una de las partes lo solicita o se divorcio bilateral, cuando lo solicitan ambas partes de común acuerdo.
Violencia familiar
Comienzan a funcionar las asesorías y los juzgados de familia, los cuales deberán contar con guardias las 24 horas del día, todo el año.
Otra de las novedades es que se deja de exigir la denuncia penal a la hora de que la víctima quiera realizar una denuncia por violencia familiar. Además se le puede requerir al Juez que la identidad del denunciante sea reservada. De este modo se separa lo penal de lo familiar.
Está prevista la creación de un registro informático bajo la órbita de la Suprema Corte de Justicia, donde se consigan los datos personales de las víctimas y victimarios de violencia familiar y de género.