El estudio se realizó entre organizaciones sociales, ONG y Estado Nacional.
En Mendoza hay 205 villas miserias
Un estudio realizado en conjunto entre distintas ONG, movimientos sociales y el Estado Nacional concluyó que existen en la Argentina 4.100 asentamientos, mientras que en la provincia son 205 las villas, el 5 % del total.
El estudio indica que más de la mitad de estos asentamientos a nivel nacional -2.275-, nacieron antes del año 2000; además, un cuarto de las villas, -749- son posteriores al año 2010.
Del relevamiento surge que 1.340.272 viven en villas de emergencia y de ellos, el 38% son niños o jóvenes de hasta 20 años, y el 3% son mayores de 65 años.
Desde el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, indicaron al Post que estos estudios se llevaron a cabo un pedido de organizaciones sociales a la Nación, por lo tanto desde el gobierno provincial no se cuenta con un relevamiento.
Por su parte, Cáritas Mendoza expresó no tener un estudio al respecto, debido a que el trabajo de las parroquias se realiza con el asentamiento que está en la zona, por lo tanto, cada iglesia maneja sus propios números.
Políticas públicas
La finalidad del estudio es conocer y regularizar la situación de todas las personas que viven en esta situación, a través de la creación del Registro Nacional de Barrios Populares.
Según indica el decreto 358/2017, la principal función del registro será "asentar los 'barrios populares', las construcciones existentes en dichos barrios y datos de las personas que las habitan a efectos de desarrollar políticas públicas habitacionales inclusivas".
El decreto indica que se denomina "barrio popular" a "aquellos barrios comúnmente denominados villas, asentamientos y urbanizaciones informales que se constituyeron mediante distintas estrategias de ocupación del suelo, que presentan diferentes grados de precariedad y hacinamiento.
El decreto agrega que dichos barrios tienen "un déficit en el acceso formal a los servicios básicos y una situación dominial irregular en la tenencia del suelo, con un mínimo de OCHO (8) familias agrupadas o contiguas, en donde más de la mitad de sus habitantes no cuenta con título de propiedad del suelo, ni acceso regular a al menos DOS (2) de los servicios básicos (red de agua corriente, red de energía eléctrica con medidor domiciliario y/o red cloacal).