Capital otorga créditos fiscales a quienes hagan playas para bicis

El gobierno de Ulpiano Suarez otorgará un bono fiscal a los titulares de playas de estacionamiento que realicen inversiones para guarda de bicicletas.

Capital otorga créditos fiscales a quienes hagan playas para bicis

La Municipalidad de Mendoza otorgará un bono fiscal a los dueños de las playas de estacionamiento que realizan inversiones en infraestructura para ampliar la capacidad de guarda de bicicletas. Así se publicó este lunes en el Boletín Oficial.

Los créditos fiscales a otorgar serán de un máximo de 15.000 pesos, aunque el monto dependerá de la cantidad de plazas vehiculares que genere la inversión en cuestión. Así se estableció en el decreto firmado por el intendente Ulpiano Suarez.

A su vez, el bono fiscal que entregará el municipio podrá ser utilizado como crédito sobre los derechos de inspección y control de seguridad, higiene, salubridad y moralidad pública, en comercios, industrias y actividades civiles.

El decreto

ARTÍCULO 1° - Otórguese un bono fiscal a los titulares de playas de estacionamiento que acrediten la inversión en infraestructura para la guarda de bicicletas, por hasta los valores siguientes: - Hasta 50 plazas vehiculares: Hasta la suma de Pesos cinco mil ($5.000,00) como crédito sobre los derechos de inspección y control de seguridad, higiene, salubridad y moralidad pública, en comercios, industrias y actividades civiles. - 51 a 100 plazas vehiculares - Hasta la suma de Pesos diez mil ($10.000,00) como crédito sobre los derechos de inspección y control de seguridad, higiene, salubridad y moralidad pública, en comercios, industrias y actividades civiles. - Más de 101 plazas vehiculares - Hasta la suma de Pesos quince mil ($15.000,00) como crédito sobre los derechos de inspección y control de seguridad, higiene, salubridad y moralidad pública, en comercios, industrias y actividades civiles. 

ARTÍCULO 2° - Determínese como requisitos para la obtención del bono fiscal ser persona humana o jurídica contribuyente según la Ordenanza Nº 3866/14 con el número 3.15.9 de usos de suelo, ubicadas en el ámbito de la Ciudad de Mendoza, que posean libre deuda de tasas municipales y acrediten la adquisición de insumos, activos fijos u obras de infraestructura necesarias para realizar la inversión, a través de negocios, emprendedores y/o unidades de la economía social con domicilio en la Ciudad de Mendoza o Unidad de Producción Penitenciaria dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario. 

ARTÍCULO 3° - El contribuyente deberá cumplimentar las siguientes etapas para la obtención del crédito fiscal: 1) Presentar a través del mail ventanillaunica@ciudaddemendoza.gov.ar, las facturas, factura-recibo o ticket-factura que den respaldo a las inversiones realizadas a nombre del contribuyente y que estén realizadas en negocios o a través de emprendedores y/o unidades de la economía social con domicilio en la Ciudad de Mendoza. Este trámite no tendrá ningún costo en concepto de aforo ni sellado según lo prevé el artículo 5º de la Ordenanza 4018. Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 2 de Noviembre de 2020 Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica 2) Verificación que el postulante cumple los requisitos del artículo 2º del presente y de la Ordenanza 4018/2.020 y acreditación de veracidad de los documentos presentados por el Departamento de Control Interno. 3) Certificación de obra realizada con intervención de la Dirección de Obras Privadas. 

ARTÍCULO 4° - Dispóngase que una vez cumplidos satisfactoriamente los requisitos establecidos en el artículo 3º, se generará la acreditación correspondiente según la inversión efectuada, como crédito fiscal en su cuenta de comercio para el pago de sus obligaciones de derechos de inspección y control de seguridad, higiene, salubridad y moralidad pública, en comercios, industrias y actividades civiles. 

ARTÍCULO 5° - Determínese que el monto de las inversiones se computará neto de I.V.A., en el caso que el postulante revista la calidad de responsable inscripto en dicho impuesto. 

ARTÍCULO 6° -. Desígnese a la Secretaría de Hacienda a los efectos de la evaluación y asignación de los créditos fiscales, determinación del monto de los mismos por hasta las sumas previstas en el artículo 1º, otorgándole el derecho de requerir a los postulantes toda otra información complementaria y/o aclaraciones que estime necesarias a fin de su otorgamiento. 

ARTÍCULO 7° - Comuníquese, publíquese y dese al Libro de Decretos. Dr. ULPIANO LEANDRO SUAREZ

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