Todo lo que hay que saber sobre las nuevas líneas que estarán disponibles y que impulsa el Gobierno nacional.
Nuevos créditos hipotecarios: todo lo que hay que saber
El Gobierno nacional envió esta semana al Congreso un proyecto de ley para mejorar la oferta de créditos hipotecarios para la construcción o compra de primera vivienda. Estas líneas estarán disponibles para la construcción sobre terreno propio o a adquirir; la adquisición o cambio de vivienda por una a estrenar (sólo primera escritura); la refacción, ampliación o terminación; y la adquisición o cambio de vivienda única de ocupación permanente.
Con ello, el Gobierno nacional busca promover el ahorro nacional en moneda local y reducir el déficit habitacional.
Asimismo, los deudores que podrán ser elegidos para acceder a las líneas de crédito serán aquellas personas humanas residentes que tomen un crédito hipotecario con alguna entidad financiera en Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs) actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) y en Unidades de Vivienda (UVIs) actualizables por Índice del costo de la construcción para el Gran Buenos Aires "ICC" a partir de la vigencia de la norma.
Se requerirá que los fondos depositados al momento de solicitar el crédito representen el menos el 20% del valor de la tasación o precio de venta de la vivienda para las líneas previstas o al menos el 10% del presupuesto de obra para las líneas previstas.
Se creará además una "Sociedad Hipotecaria Argentina" que no comprometerá recursos corrientes ni del Tesoro Nacional ni del Banco Central y tendrá como fin administrar el Fondo Fiduciario de Cobertura y Promoción (FFCP) para cubrir desfasajes de cuotas ante descalces entre salarios e inflación, así como dar garantías al financiamiento bancario, de modo de reducir sus costo para el banco y las familias.
Ver: Dos proyectos de ley para reactivar la construcción y comprar viviendas
Los créditos serán aplicables a las siguientes líneas:
-Construcción de primera o segunda vivienda sobre terreno propio o terreno a adquirir. El monto será hasta el 100% del presupuesto de obra. Mientras que el monto para compra de terreno será hasta el 80% de la tasación o precio de venta del terreno, únicamente para la construcción de primera vivienda.
-Cambio de primera o segunda vivienda por una a estrenar (primera escritura). En ese caso, el monto para la compra contemplará hasta el 80% de la tasación o precio de venta de la vivienda. En tanto, el monto para cambio será de hasta el 100% de la diferencia entre el valor de la vivienda que se adquiere y el valor del inmueble que se reemplaza.
-Refacción, ampliación o terminación de primera o segunda vivienda. El monto del préstamo en este caso contempla hasta el 100% del presupuesto de obra.
-Adquisición o cambio de vivienda única de ocupación permanente. Monto para adquisición: hasta el 80% de la tasación o precio de venta de la vivienda. Monto para cambio: hasta el 100% de la diferencia entre el valor de la vivienda que se adquiere y el valor del inmueble que se reemplaza.
Ver: ¿Qué hay que tener en cuenta para comprar un terreno?