Así fue publicado este viernes en el Boletín Oficial. La ministra de Seguridad oficializó la "Distinción Covid-19".
Frederic premiará el esfuerzo de los policías colocándoles un pin
Una particular forma de reconocer el esfuerzo de los policías federales durante la pandemia se dio a conocer este viernes en el Boletín Oficial de la Nación. Allí, en una resolución de la ministra de Seguridad, Sabina Frederic, se dio a conocer que se entregará una distinción a los máximos directivos de las fuerzas: un pin, ni más ni menos.
El Ministerio de Seguridad decidió concederle la "Distinción Covid-19 2020" mediante la entrega de un pin al Jefe y Subjefe de la Policía Federal Argentina, al Director Nacional de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, al Director y Subdirector Nacional de la Gendarmería Nacional, al Prefecto y Subprefecto Nacional Naval de la Prefectura Naval Argentina.
Si bien no se conoció la imagen del pin, sí se informó que el diseño del mismo estuvo a cargo de la Dirección Nacional de Comunicación.
Entre los argumentos, la ministra Frederic destacó en su resolución: "Llevaron a cabo controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos que determine, en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
La resolución:
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 395/2020
RESOL-2020-395-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2020
VISTO el Expediente EX-2020-60018501- -APN-DNIYC#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992, con las modificaciones del Decreto 7/2019), la Ley 27.541; el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo del 2020; el Decreto 297 del 19 de marzo del 2020; la Resolución 40 de fecha 16 de marzo del 2020; y
CONSIDERANDO,
Que por decreto DNU 260/2020, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dispuso ampliar la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nº 27.541 en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del mismo.
Que mediante el citado instrumento legal se facultó al Ministerio de Salud como autoridad de aplicación en el marco de la emergencia pública declarada.
Que a fin de proteger la salud pública de todas las personas que habitan el país o se encuentren en forma temporaria en el mismo, el 19 de marzo el PODER EJECUTIVO NACIONAL instauró por Decreto 297/2020 el aislamiento social, preventivo y obligatorio en atención a la situación epidemiológica con relación al CORONAVIRUS- COVID 19.
Que a tales fines el citado decreto, asimismo, dispuso que el MINISTERIO DE SEGURIDAD llevaría a cabo controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos que determine, en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; así como proceder de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y dar actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.
Que por Resolución N° 40/2020 el MINISTERIO DE SEGURIDAD instruyó al Señor Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, Director Nacional de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, Director Nacional de la GENDARMERÍA NACIONAL, Prefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, a dar apoyo a las autoridades sanitarias en los puntos de entrada del país o donde dichas autoridades así lo requieran o no se encuentren presenten, para el ejercicio de la función de Sanidad de Fronteras y para la ejecución de las medidas adoptadas por las autoridades del MINISTERIO DE SALUD de la Nación, cuando ello resulte necesario para detectar, evaluar y derivar los casos sospechosos de ser compatibles con el COVID-19. Como así también generar mecanismos de comunicación internos tendientes a informar de manera periódica la actualización de las acciones, las tareas desarrolladas y las medidas que imparta la Autoridad Sanitaria.
Que por la mentada resolución se conformó el COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD COVID'19 para la coordinación de medidas de actuación rápidas y eficaces en el marco de los objetivos establecidos por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 260/2020 y Nº 274/2020.
Que el operativo sanitario y de seguridad requirió actividades y despliegues extraordinarios a su rol principal.
Que en ese sentido, se destaca que la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, fortaleció la presencia en el área metropolitana de Buenos Aires, y en los ferrocarriles, procedimientos que resultaron cruciales para la trasmisión de las decisiones políticas en el foco de conflicto sanitario. Por su parte, la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA se abocó principalmente a la recepción de personas repatriadas y residentes que ingresaban al país, realizando un control de más de TRESCIENTOS MIL (300.000) pasajeros; además trabajó en la recepción, clasificación y digitalización de unos NOVENTA MIL (90.000) formularios sanitarios y declaraciones juradas y colaboró en el traslado de casi VEINTE MIL (20.000) repatriados hacia distintas partes del país, desde Jujuy a Tierra del Fuego. En tanto, GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA potenció el despliegue territorial haciendo énfasis en pasos limítrofes y en puntos de control internos. La PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, se acopló al trabajo de control territorial con las otras fuerzas, principalmente en el área metropolitana de Buenos Aires, custodió buques y tripulantes de embarcaciones y asistió a OCHO MIL CUATROCIENTOS (8.400) personas en el área de las islas del Delta del Paraná entregando QUINIENTOS CINCUENTA MIL (550.000) litros de agua potable.
Que desde la Secretaría de Seguridad y Política Criminal se dio impulso a esta iniciativa. Que, en consecuencia, se iniciaron estas actuaciones a propuesta de la Dirección Nacional de Ingreso y Carrera, dependiente de la Subsecretaría de Formación con el objeto de distinguir la tarea esencial desempeñada por los Jefes y Subjefes, Directores y Subdirectores de las Fuerzas Federales y del personal que en el marco de la pandemia dieron cuenta de su compromiso, profesionalidad, dedicación y capacidad de la función policial en dichas circunstancias adversas y excepcionales.
Que la Dirección Nacional de Comunicación ha realizado el diseño del distintivo y que obra en la presente.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Seguridad ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta de acuerdo a las atribuciones emergentes de los incisos 3° y 7° del artículo 22 bis de la Ley de Ministerios, con las modificaciones del Decreto 7/2019.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar la "DISTINCIÓN COVID-19 2020" al Jefe y Subjefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, al Director Nacional de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, al Director y Subdirector Nacional de la GENDARMERÍA NACIONAL, al Prefecto y Subprefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, mediante entrega de un pin conforme al diseño establecido en el IF-2020-63044773-APN-SSFYC#MSG que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Establecer el alcance de la "DISTINCIÓN COVID-19 2020" al personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, GENDARMERÍA NACIONAL, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, que hayan cumplido tareas operativas de seguridad desde el 19 de marzo de 2020 hasta la fecha de publicación de la presente, con un tiempo mínimo de SESENTA (60) días corridos.
ARTÍCULO 3°.- Instruir a los señores Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, Director Nacional de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, al Director Nacional de la GENDARMERÍA NACIONAL, Prefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA a designar al personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales teniendo en cuenta el alcance expresado en el Artículo 2° y los criterios de exclusión, establecidos en el IF-2020-63044597-APN-SSFYC#MSG que como Anexo II forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Instruir al Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, Director Nacional de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, al Director Nacional de la GENDARMERÍA NACIONAL, Prefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA a reglamentar el uso de la "DISTINCIÓN COVID-19 2020".
ARTÍCULO 5°- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese
Sabina Andrea Frederic
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/10/2020 N° 49371/20 v. 23/10/2020
Fecha de publicación 23/10/2020