El nuevo plan otorga $20.000 a familias para que cancelen servicios durante las vacaciones de 2021.
Cómo conseguir el bono de $20.000 para las vacaciones
A través del Decreto 795/2020 publicado en el Boletín Oficial, el gobierno nacional estableció un bono vacacional de $20.000 destinado a familias para vacacionar durante el 2021. El motivo es ayudar a las empresas del sector turístico e implementar medidas de fortalecimiento en la pospandemia.
Según la información oficial, el Programa Bono Fiscal Vacacional, es "un incentivo muy importante para impulsar el turismo y desestacionalizar la demanda".
¿Quiénes podrán cobrarlo?
Este bono "contempla un aporte en favor de las familias cuyos ingresos mensuales netos totales no superen el equivalente a cuatro sueldos mínimos, mediante el otorgamiento de un bono fiscal emitido bajo modalidad electrónica, destinados exclusivamente al pago de servicios ofrecidos dentro del país por empresas habilitadas del sector".
Es decir, es bono está destinado a aquellas familias que tengan ingresos que no superen los $67.500 y sirve para cubrir sus gastos en vacaciones.
Será considerado grupo familiar el integrado por: el solicitante en forma unipersonal, si no tuviere convivientes; o por este o esta y su cónyuge o conviviente y sus hijos o hijas menores de 18 años convivientes, o sin límite de edad en el caso de hijos e hijas con discapacidad a cargo.
¿Cómo accedo al bono?
Como se trata de un bono fiscal que será emitido bajo modalidad electrónica , la AFIP será la encargada de regularlo.
El integrante del grupo familiar que efectúe la solicitud deberá acreditar de modo fehaciente, o manifestar con carácter de declaración jurada, ante ese el ministerio de Turismo y Deportes, los siguientes datos:
- La composición del grupo familiar
- Los ingresos mensuales netos totales del grupo que no podrán exceder el equivalente a cuatro veces el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil o el monto que resulte de multiplicar el valor de ese salario por la cantidad de integrantes del grupo familiar, el que resulte menor
- Y toda otra información que requiera esa cartera.
¿Cómo funciona?
Los beneficiarios de los bonos solo podrán destinarlos al pago de los servicios comprendidos en la Ley N° 27.563, ofrecidos y prestados dentro del territorio nacional.
El importe de los bonos recibidos deberá considerarse como medio de cancelación parcial o total de la obligación por los servicios contratados, sin reducir el monto de los tributos que graven la operación ni ser deducible a los efectos de la determinación del impuesto a las Ganancias, según lo dispuesto.
Ese importe será computado mensualmente por las empresas como crédito contra el IVA o bien las contribuciones patronales sobre la nómina salarial con destino a los subsistemas de Seguridad Social.