Las dos disposiciones fueron publicadas este martes en el Boletín Oficial.
La ANMAT prohibió la venta de un aceite de coco y dos equipos médicos
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este martes a través de su publicación en el Boletín Oficial, un aceite de coco y dos equipos médicos.
La Disposición 7112/2020 establece la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional del producto "Aceite de Coco Neutro Orgánico, marca Sattvikko" por carecer de autorización de producto y establecimiento, resultando ser en consecuencia ilegal.
El procedimiento se realizó gracias a la denuncia de un consumidor que proporcionó información del establecimiento donde se comercializaba ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos, ya que el producto no exhibía un rótulo con la información obligatoria.
Ante esta situación se procedió al decomiso directo e inmediato de la totalidad de las unidades por carecer de rotulación reglamentaria y desconocer su origen, procedencia y aptitud.
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Además, la ANMAT verificó "la promoción y venta de los productos investigados en diferentes plataformas de venta en línea, por ello, notifica al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria".
Frente a esta situación, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL considera que el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284 por carecer de registros de establecimiento y de producto, y ser en consecuencia un producto ilegal.
La notificación señala que "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina".
De esta manera, se fija la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: "Ethicon endo-surgery", sin datos de importador en la Argentina.
En el considerando señala que "se inician las presentes actuaciones en virtud de que la firma Johnson & Johnson Medical informó que detectó la comercialización de los productos de la compañía Ethicon endo-surgery por fuera del canal oficial de distribución".
Explica además que "los productos mencionados no han sido importados por la Johnson & Johnson Medical S.A. y, según afirma la empresa y puede observarse en las fotografías remitidas como constancia, los productos no cuentan con la respectiva etiqueta de nacionalización". El producto al que se hace referencia es una grapadora intraluminal cuyo uso se encuentra autorizado para aplicación en el tracto digestivo de las anastomosis de extremo a extremo, de condición de uso venta exclusiva a profesionales e instituciones.
Además, la firma posee registrado el producto y en consecuencia los lotes mencionados no han sido importados por su titular de registro en el país, por lo que se desconoce su legítima procedencia y no puede asegurarse que se trate de productos que cumplan con las especificaciones correspondientes.
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