La medida rige, hasta nuevo aviso, para aquellos que tengan la cuota congelada o hayan accedido a la postergación de cuotas durante la pandemia.
No podrán comprar dólares quienes tengan créditos UVA
Este miércoles se hizo oficial las nuevas restricciones de la AFIP y el Banco Central para la compra de dólar ahorro. En el paquete de medidas, quedó establecido que aquellas personas que cuenten con créditos UVA y que tengan la cuota congelada o hayan accedido a la postergación del pago de cuotas, no podrán tampoco comprar divisas estadounidenses.
En el punto 2.1 de su Comunicación "A" 7106 establece que, al menos hasta nuevo aviso quienes obtuvieron un crédito hipotecario en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) no podrán acceder al mercado de cambios para comprar moneda extranjera.
Allí se estableció que las personas humanas que sean beneficiarias de lo dispuesto en el punto 4 de la Comunicación "A" 6949 y complementarias y/o en el artículo 2º del Decreto N° 319/20 no podrán comprar divisas. Esto será hasta la total cancelación de la financiación o mientras dure el beneficio respecto a la actualización del valor de la cuota según sea el caso, ordenó la autoridad monetaria a las entidades financieras.
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En aquella comunicación 6949 del 1 de abril, el Banco Central sólo podrían devengar el interés compensatorio a la tasa prevista contractualmente. En el caso de saldos impagos que operen en el periodo citado, los bancos debían incorporar la cuota en el mes siguiente al final de la vida del crédito. Es decir, se daba el beneficio de patear cuotas para adelante.
Y el artículo 2º del Decreto N° 319 determinó el congelamiento del valor de las cuotas hasta el 30 de septiembre de 2020 para los créditos hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única. Esta medida sería extendida en los próximos días.
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