Fallo a favor de Natalia Denegri contra Google.
"Derecho al olvido": ¿Quién es la "ex mediática" que le ganó a Google?
La conductora, productora y empresaria argentina Natalia Denegri logró un nuevo fallo favorable de la Cámara Nacional en lo Civil que confirma la aplicación del Derecho al Olvido para quitar de las redes su pasado mediático.
La Sala H de la Cámara Nacional en lo Civil confirmó hoy la aplicación por primera vez en la Argentina del "Derecho al Olvido" a favor de la conductora, productora y empresaria Natalia Denegri y en contra de Google Inc.
Los jueces Claudio Kiper, Liliana Abreut y José Benito Fajre no sólo confirmaron la sentencia de primera instancia del Juzgado Nacional de Primera Instancia de la Ciudad de Buenos Aires -en la que se reconocía el perjuicio que le generaba en la actualidad a Denegri la aparición de artículos y videos de su pasado mediático de los años '90- sino que además reivindicaron la imagen de Denegri al reconocer que ella fue víctima de una maniobra delictiva en la que le implantaron pruebas falsas y la privaron de su libertad de manera ilícita.
A pesar de la lucha entre el "derecho al honor y la protección de la intimidad" y la "libertad de expresión", los jueces de la Sala H de la Cámara Civil decidieron volver a hacer lugar al pedido de Denegri para la desindexación de los enlaces que exhiban videos o imágenes obtenidas hace 20 años o más que contengan escenas mediáticas que pudo protagonizar como así también cualquier reportaje televisivo en el que hubiera brindado información acerca de sus experiencias de su vida privada.
Denegri tuvo apariciones como figura mediática del programa que en la década del 90 conducía Mauro Viale, tras habérsela vinculado al entorno del empresario Guillermo Cópola, quien por entonces había sido detenido por la causa del "jarrón" en el que según se denunció había sustancias prohibidas.
Los jueces fueron contundentes a la hora de afirmar que en este caso no cabe la figura de "censura" ya que consideran que éstos carecen de interés periodístico y no hacen al interés general que pudo revestir el caso al que se quiso vincular, mientras que sí afectaron el derecho a la honra de la víctima ya estos contenidos perjudican la imagen actual de Denegri, que se encuentra radicada desde hace diez años en los Estados Unidos.
Durante el tiempo que transcurrió desde esos hechos, Denegri tuvo dos hijos y, entre otras cosas, actualmente se desempeña como empresaria gastronómica de una gran cadena de restaurantes del sur de la Florida, dueña y productora ejecutiva de una Productora de contenidos cinematográficos por la que fue galardonada con 13 premios Emmy, presentadora televisión para niños con un programa periodístico-solidario.
También es embajadora de fundaciones solidarias por toda Latinoamérica y personalidad destacada por el Congreso de los Estados Unidos por sus labores humanitarias y como una de las "25 latinas más poderosas" por la revista People en español.
El abogado de la conductora y productora, Martín Leguizamón, explicó que esta es la primera vez que se aplica el "Derecho al Olvido" en la Argentina y que esto sentará precedente en la jurisprudencia nacional con respecto a la responsabilidad de los buscadores de internet.
Denegri prefirió mantener el perfil bajo y celebrar el fallo en familia en su hogar en Miami: "Simplemente quiero agradecerle al doctor Martín Leguizamón por este fallo histórico para Argentina y para mi vida".
El caso de Natalia Denegri no sólo es el primero en la Argentina sino uno de los pocos en ser reconocidos a una personalidad de los medios por la Justicia en Latinoamérica.
En 2010, la cantante y actriz brasileña Xuxa inició un juicio contra Google clamando por el mismo derecho y pidiendo la eliminación de un video con escenas de carácter íntimo, pero tras casi ocho años de litigios, la justicia de su país terminó fallando en su contra.
En México, el empresario Carlos Sánchez de la Peña había obtenido un fallo en primera instancia para desindexar de Google un enlace a la revista Fortuna en el que se lo vinculaba con actos de corrupción pero al llegar a la segunda instancia, la justicia del país estableció que desindexar la nota atentaba contra la libertad de expresión y falló en su contra.