El documento que modifica las restricciones establecidas hasta el momento en medio de la emergencia sanitaria, establece las multas que deberán pagar quienes no cumplan con lo establecido en materia de turismo interno.
Este es el decreto con las nuevas prohibiciones que rigen en Mendoza
Tal como se anunció pasado el mediodía de este jueves, el decreto 877 firmado por el gobernador Rodolfo Suarez establece algunas modificaciones al régimen de distanciamiento social que rige en Mendoza en medio de la emergencia sanitaria a nivel nacional.
El texto, tal como se había anticipado, establece la prohibición del turismo interno en Malargüe y Lavalle, y en el caso de este último departamento -tal como pidió su intendente- también se prohiben reuniones familiares y no habrá atención al público en bares y restaurantes.
Para el resto de la provincia, y poniendo el foco en la celebración del Día del Amigo, limita el alquiler de alojamientos en las localidades turísticas "exclusivamente a grupos familiares convivientes".
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En ese punto, el decreto establece que "el incumplimiento de la obligación establecida en el artículo precedente, debidamente constatado por la autoridad competente, será penado con una sanción de multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00) para la persona infractora y PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00) para el propietario y/o encargado del inmueble".
Las medidas anunciadas comienza a regir desde este viernes y aunque se habló en los pasillos de Casa de Gobierno de la posibilidad de limitar aún más el desplazamiento de los mendocinos por el aumento de casos de covid-19 positivos, finalmente se determinó mantener las condiciones en las que se lleva la emergencia.
Las reuniones familiares se mantendrán limitadas a los días domingo y el desplazamiento de personas estará prohibido después de las 23,30. Quienes transiten en ese horario tendrán que justificarlo, estando permitido hacerlo por cuestiones sanitarias o hacia alguna farmacia.