En el Boletín Oficial se publicaron los protocolos que habrá que respetar para cada una de las actividades que se autorizaron. Vuelven las misas, pero con un máximo de 30 personas. También se habilitaron las salas teatrales para ensayos, entre otras flexibilizaciones.
Hoy en Memo: los 19 mandamientos que habrá que cumplir para ir a misa
Además de la habilitación del turismo interno, en el Boletín Oficial de este sábado aparecen otros decretos, dando cuenta de una flexibilización que incluye distintos rubros. Entre estos, a partir de ahora se permitirá la realización de misas con un máximo de 30 personas.
Por otra parte, se publicó una serie de resoluciones que habilita distintas actividades artísticas en Mendoza, como la apertura de salas teatrales para ensayos; la realización de talleres y actividades formativas en espacios culturales; y actividades de grabación o streaming.
Para cada una de las actividades flexibilizadas, el Ministerio de Salud de Mendoza aprobó un protocolo determinado. Para el caso de las misas, el Gobierno subrayó: "En el caso de la Iglesia Católica, la sagrada Eucaristía se dará en la mano", entre otros puntos.
Protocolo para misas en Mendoza
Estas medidas son aplicables para todos los cultos (Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos).
Los Ministros, encargados y personal de asistencia, solicitarán a los feligreses y membresía que intenten evitar el uso del transporte público de pasajeros, como así también coincidir con los horarios de entrada y salida del comercio.
A su vez, los lugares de culto a los que se recomienda concurrir a los feligreses y membresía, son los de cercanía (considerando su identidad de fe y pertenencia congregacional)
Las iglesias, templos y diferentes lugares de culto podrán realizar celebraciones comunitarias de acuerdo a las siguientes consideraciones:
1. Los feligreses y miembros podrán asistir a las celebraciones comunitarias programadas o de manera individual según las recomendaciones del presente protocolo.
2. Los lugares de culto pueden permanecer abiertos, independientemente de las celebraciones, para que los feligreses y miembros puedan concurrir para requerir asistencia espiritual, preferentemente con acuerdo previo con el ministro de culto, y realizar oraciones individuales, atendiendo a las disposiciones sanitarias vigentes y tomando los recaudos necesarios de distancia e higiene.
3. En ninguno de los casos la cantidad de asistentes al templo o lugar de culto podrá exceder el equivalente al veinticinco por ciento (25%) del factor ocupacional con una cantidad máxima de treinta (30) personas de manera simultánea.
4. El horario de inicio de las celebraciones podrá estar dentro del siguiente rango: de 08:00 hs. a 20.00 hs., no pudiendo extenderse la finalización más allá de las 21:00 hs.
5. La cantidad de fieles en los eventos programados no podrá superar el equivalente al veinticinco por ciento (25%) del factor ocupacional con una cantidad máxima de treinta (30) personas en la nave o sala del Templo, los ministros u oficiantes, más las personas que recibirán a los fieles y se ocuparán de la limpieza. Mantendrán siempre la distancia mínima de separación de dos (2) metros.
6. Se dispondrá, en cuanto sea posible, de una puerta para el ingreso y otra puerta diferente para el egreso de las personas, de modo de crear un circuito para evitar entrecruzamientos.
7. Se evitará también la aglomeración de personas en la puerta de los Templos antes del inicio y a la finalización de cada celebración.
8. En la puerta de ingreso habrá al menos una persona que controlará el número de ingresantes de acuerdo con la capacidad autorizada, y les colocará alcohol en gel o solución de agua con alcohol al 70 % a los ingresantes que vaya autorizando.
9. Los fieles deberán concurrir y utilizar adecuadamente el tapabocas, durante todo el tiempo que resulte posible.
10. Se deberá respetar la distancia mínima de dos metros entre las personas. (El núcleo familiar conviviente podrá hacerlo juntos y respetando la separación mínima de 2 metros del resto de las personas asistentes).
11. Cada templo mientras permanezca abierto, contará con al menos una persona que se encargue de la limpieza y desinfección del lugar.
12. En el caso en que el templo o lugar de culto existan fuentes, no se pondrá agua bendita en las mismas
13. Se prescindirá de toda manifestación que implique contacto físico, durante las celebraciones y en todo momento.
14. En el caso de la Iglesia Católica, la sagrada Eucaristía se dará en la mano.
15. Se deberá colocar a la entrada y la salida trapos de piso mojados con agua con lavandina, que se renovarán al finalizar cada celebración para desinfectar el calzado de los asistentes.
16. Una vez cerrado el templo, se procederá a su desinfección con los productos aconsejados por los especialistas.
17. Se procederá a la ventilación del Templo después de cada celebración. A tal fin, las celebraciones deberán tener, al menos, un intervalo de media hora entre la finalización de una y el comienzo de la siguiente.
18. Se implementarán recomendaciones con diferentes señalizaciones en el suelo y en los bancos para hacer respetar las normas de distanciamiento social y las recomendaciones de higiene
19. En las paredes y las puertas se colocarán recomendaciones de higiene y recordatorios de que no está permitido tocar ni manipular objetos, superficies e imágenes.
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