La diputada provincial Josefina Canale aseguró que estos embargos podrían recaer sobre inmuebles o muebles registrables para evitar el atraso en pago de sueldos o proveedores.
Proponen que se suspendan los embargos sobre cuentas bancarias
En el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, social, económica, administrativa, y financiera que atraviesa la provincia, la diputada provincial, Josefina Canale, presentó un proyecto de ley para que se suspendan las medidas de embargos a fondos líquidos y se prioricen bienes inmuebles o muebles registrables hasta el 31 de diciembre de este año.
La legisladora se refiere al embargo de los fondos líquidos, es decir, dinero en efectivo, depósitos en cuenta corriente bancaria, caja de ahorro, sumas depositadas en cualesquiera de sus formas o la recaudación diaria de establecimientos comerciales, fabriles, de servicios, productivos o afines.
De ser aprobada esta nueva norma, las personas físicas o jurídicas podrán pedir la ampliación, mejora o sustitución de la medida cautelar decretada, en el plazo de 48 horas de notificadas las mismas. El Tribunal resolverá, previa vista conjunta y simultánea a los embargantes y en el término de un día la sustitución de la cautelar, hasta el 31 de diciembre del año en curso, término prorrogable de ser necesario.
En su proyecto sostiene que los embargos preventivos sobre las cuentas bancarias tiende a producir un daño que afecta no sólo el giro comercial de la persona física o jurídica, sino que también afecta de forma directa a todo su entorno comercial y laboral.
Esta premisa está basada en que un embargo impide pagar sueldos, proveedores, impuestos y servicios, provoca una deficiente realización del giro comercial que puede llevar al cierre o quiebra de la persona física o jurídica y la disminución de las actividades que pagan impuestos, afectando la recaudación impositiva del Estado.
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Otro de los motivos que moviliza este proyecto es que un gran porcentaje de los empleadores privados no están pagando la totalidad de los sueldos de sus empleados por falta de fondos suficientes. Así como el volumen de cheques rechazados es el mayor de las últimas décadas.
En estos casos, los embargos cautelares sobre los pocos fondos líquidos que existen en cartera agravan esta situación de corte en la cadena de pagos a proveedores, empleados, impuestos, servicios y/o todo otro tipo de erogaciones que deba realizar la persona afectada por dicho embargo.
El proyecto evalúa las consecuencias de la inmovilización del capital durante los meses que pueden transcurrir durante el proceso judicial hasta que la condena efectivice el embargo. En ese tiempo, ese capital quedó inmovilizado para aquel demandado, que perfectamente podría ser propietario de otros bienes registrables donde trabar la medida cautelar y de ese modo, asegurar el derecho del o los actores a futuro.
Otro aspecto a tener en cuenta, es que en nuestro país los índices inflacionarios afectan gravemente al valor del Peso Argentino, por ello el depósito de una suma líquida en una cuenta judicial (que no genera ningún tipo de interés o genera intereses con tasas muy por debajo de los índices inflacionarios) implica la desvalorización del dinero embargado, ya que el mismo queda inmovilizado en una cuenta judicial hasta que la sentencia se encuentre firme y en sólo beneficio de los bancos.
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