Solo pueden reunirse hasta 10 integrantes de una familia, en una vivienda. Las excepciones.
¿Quiénes no pueden ir a las reuniones familiares?
El decreto 635 que fue publicado en el Boletín Oficial, el cual habilita las reuniones familiares hasta un máximo de diez personas con parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral, tiene excepciones. Las reuniones podrán realizarse solo los sábados, domingos y feriados de 9 a 23 y cumpliendo un estricto protocolo. No se tendrá en cuenta la terminación del DNI para asistir.
La normativa no implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares. Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones, campings, etc.
Asimismo, para casos de personas mayores de 60 años o incluidas en los denominados grupos de riesgo, se recomienda evitar sus traslados. También se sugiere que los encuentros se realicen en las zonas de cercanía apelando al sentido común y a la responsabilidad de la ciudadanía.
La habilitación no alcanza a:
- Las personas que presenten cualquier tipo de sintomatología compatible con COVID-19, como fiebre, tos seca, disnea (ahogo o dificultad para respirar), congestión nasal, astenia (cansancio), mialgias (dolores musculares), odinofagia (dolor de garganta), anosmia (pérdida del olfato) y/o ageusia (pérdida del gusto), cefaleas o diarreas, quienes deberán seguir los protocolos pertinentes dispuestos por la autoridad sanitaria provincial.
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- Quien haya estado en contacto, en los últimos 14 días, con individuos que hayan presentado los síntomas precedentemente indicados; con pacientes confirmados de COVID-19 o con personas que se encuentren a la espera del resultado de un test para coronavirus.
Cabe recordar que el incumplimiento de las condiciones previstas será penado con una sanción de $50 mil para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción, según corresponda. Las denuncias podrán realizarse a través de la app del 148, llamando al 911, o a través de la web www.mendoza.gov.ar/consultas/.
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