El incumplimiento será penado con una sanción de multa de cincuenta mil pesos para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción, según corresponda.
Salió el decreto: este es el protocolo completo para visitar a la familia
El gobernador de Mendoza, Rodolfo Suarez, autorizó las reuniones familiares a partir de este fin de semana. El decreto fue publicado después de las 00:00 hs de este viernes en el Boletín Oficial de la provincia -puede verse al pie- y allí se habilita "en el ámbito territorial de la Provincia la realización de reuniones familiares, hasta un máximo de diez (10) personas con parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral. Las reuniones referidas podrán realizarse sólo los días sábados, domingos y feriados, en horario de 09.00 a 23.00 horas y cumpliendo con las condiciones que se establecen en el protocolo.
Podrán reunirse abuelos y nietos, padres, hijos, hermanos, tíos, primos, todos hasta segundo grado en una misma reunión. También las relaciones de afinidad, por ejemplo, de familias ensambladas, adopciones y parejas informales. Los traslados no podrán hacerse en transporte público de pasajeros, y no podrán visitarse entre sí las familias que residen en departamentos alejados. El decreto no prohíbe trasladar a mayores de 60 años ni a personas de grupos de riesgo. Sólo "recomienda" no hacerlo, para dejar liberado a que los adultos mayores estén cómodos en la casa de cualquier familiar directo, en una reunión.
En las reuniones familiares debe respetarse la distancia social, los traslados deben ser con barbijo, y el protocolo incluye una cantidad importante de medidas sanitarias. No habrá para este tipo de reuniones, limitaciones por número de DNI
La misma norma, advierte que la habilitación dispuesta no alcanza:
a) A las personas que presenten cualquier tipo de sintomatología compatible con el Virus-COVID SaRS-CoV-2 tales como fiebre, tos seca, disnea (ahogo o dificultad para respirar), congestión nasal, astenia (cansancio), mialgias (dolores musculares), odinofagia (dolor de garganta), anosmia (pérdida del olfato) y/o ageusia (pérdida del gusto), cefaleas o diarreas, quienes deberán seguir los protocolos pertinentes dispuestos por la autoridad Sanitaria Provincial.
b) A quien haya estado en contacto, en los últimos 21 (veintiún) días con individuos que hayan presentado síntomas, o con pacientes confirmados de Virus-COVID SaRS-CoV-2; o con personas que se encuentren a la espera del resultado de un test para Virus-COVID SaRS-CoV-2.
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De acuerdo al decreto de marras, el incumplimiento será penado con una sanción de multa de cincuenta mil pesos para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción, según corresponda.
Finalmente, se faculta a los municipios de la Provincia a controlar, "en forma concurrente con la Provincia, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto" y se advierte que "el producido de las multas será destinado al sistema de salud de la Provincia o del Municipio, según quien hubiere constatado la infracción".
Entre los considerandos, el decreto puntualiza que, "atento la situación epidemiológica de la Provincia, que a la fecha cuenta con 82 (ochenta y dos) casos confirmados y 62 (sesenta y dos) casos recuperados, resulta posible y conveniente habilitar reuniones familiares, limitadas en el número de personas y sólo los días sábados, domingos y feriados, de modo de mitigar los efectos adversos que pudiera tener el aislamientos social, preventivo y obligatorio en la salud psíquica de la población".
Las reuniones familiares habilitadas deberán realizase de acuerdo a las siguientes consideraciones:
El protocolo
- Las reuniones familiares autorizadas por la presente norma, están limitadas a grupos familiares de cercanía como por su situación geográfica.
- Para casos de personas mayores de 60 (sesenta) años o incluidas en los denominados grupos de riesgo, se recomienda evitar sus traslados. ? A los fines de la reunión, no habrá limitaciones en razón del número de DNI.
- Deberán realizarse en domicilios particulares. Quedan prohibidas las reuniones en espacios públicos o sitios de alquiler como salones, campings, etc.
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- Bajo ninguna circunstancia podrán realizarse reuniones sociales o juntadas que no sean exclusivamente familiares.
- La presente disposición no implica la autorización de festejos o eventos sociales públicos o privados que no sean familiares, los cuales se encuentran expresamente prohibidos.
- Para el caso que se detecten reuniones que incumplan esta normativa, quedan habilitados para efectuar las correspondientes denuncias el teléfono 911 y la app 148 Mendoza (descarga en playstore), o en la web www.mendoza.gov.ar/consultas/
- Se recomienda que la reunión se realice en un espacio abierto o con adecuada ventilación.
- No podrá haber más de diez (10) personas reunidas en el mismo domicilio.
- No podrá utilizarse el transporte público para desplazarse hacia el lugar de reunión.
Medidas sanitarias
- Se deberá concurrir con tapaboca y/o barbijo. Medidas de higiene recomendadas
- Disponer de solución de agua con alcohol al 70% y/o alcohol en gel en el domicilio.
- Desinfectar los pisos y los utensilios o implementos utilizados una vez finalizada la reunión.
- No compartir utensilios o vajilla.
- Mantener distancia de al menos 2 metros entre personas.
- Evitar en la medida de lo posible el contacto físico con otras personas.
- Higienizarse las manos frecuentemente con agua y jabón o en su defecto con alcohol en gel o solución sanitizante.
- Usar toallas de papel para el secado de manos y descartarlas inmediatamente después de su utilización en bolsa de residuos.
- Evitar tocarse el rostro con las manos.