La Cámara de Diputados comenzará a tratar el proyecto de ley para la creación de este órgano consultivo, pensado para diseñar políticas públicas. Los objetivos y funciones.
El proyecto del Consejo Económico, Ambiental y Social llegó a la Legislatura
Tal como lo anunció Rodolfo Suarez en su discurso del 1° de Mayo, el Poder Ejecutivo remitió a la Cámara de Diputados el proyecto de creación del Consejo Económico, Ambiental y Social, como un espacio de diálogo y de consensos entre los distintos sectores "para contribuir a un desarrollo equitativo y sustentable de la provincia", dice el informe oficial.
Se trata de un órgano colegiado de carácter consultivo de los Poderes Ejecutivo y Legislativo y de "participación para el debate, diseño, planificación e implementación de políticas públicas en materia económica, ambiental y social", vinculado funcionalmente con el Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia.
Más allá de que en el proyecto se fija como sede del Consejo la Ciudad de Mendoza, dispone no obstante que deberá establecer delegaciones regionales en los oasis del territorio provincial en la modalidad que defina la reglamentación de la futura norma que comenzará a tratarse en las comisiones legislativas.
Los objetivos
1- "Canal de participación de los agentes sociales y económicos en la planificación y formulación de la política socio-económica y ambiental de la Provincia de Mendoza".
2- "Fomentar el diálogo, deliberación y articulación entre los agentes económicos, ambientales y sociales con actividad en jurisdicción de la Provincia".
3- "Actuar como órgano de comunicación entre los distintos actores económicos y sociales de la comunidad, y de asesoramiento de los mismos articulando su accionar con el Gobierno de la Provincia de Mendoza".
4- "Proponer iniciativas en aras de fomentar el desarrollo socio-económico y ambiental de la comunidad".
Útil para salida de la pandemia
"La creación del Consejo Económico, Social y Ambiental es un proyecto anterior a la aparición de la actual pandemia, y formó parte de las propuestas para el plan de Gobierno desarrollado en ocasión de la presentación de la plataforma electoral propuesta a los ciudadanos en oportunidad de las Elecciones Generales del año 2019", señalan los fundamentos del proyecto.
Pero se valora su propósito en medio de esta coyuntura de cuarentena. "Las actuales condiciones y particularmente las consecuencias que se prevén como resultado de las medidas que debieron adoptarse -y que aún continúan en vigencia- para contener la propagación de esta pandemia, potencian y revalorizan los objetivos que animan la creación de este órgano consultivo", resalta el texto oficial.
Funciones
El Consejo deberá emitir, a requerimiento de alguno de los Poderes, opinión sobre los proyectos de Ley a ser sancionados por el Poder Legislativo en materia social, económica y ambiental, como así también opinión sobre los proyectos de Decretos, a ser dictados por el Poder Ejecutivo y que le sean remitidos en consulta, en materia de políticas públicas;
Elaborarará, a pedido del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo, por iniciativa propia o de la ciudadanía, estudios o informes sobre materias económicas, ambientales y sociales; fomentar el diálogo social y propiciar acuerdos vinculados con la temática de su competencia; proponer la suscripción de acuerdos de cooperación con organismos internacionales y/o con áreas de la Administración Púbica nacional, provincial y/o municipal, y realizar consultas a organismos especializados.
Presentará informes anuales al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo, dentro de los tres primeros meses de cada año, en el que se expongan sus consideraciones sobre la situación socioeconómica o ambiental de la Provincia; solicitar informes complementarios sobre asuntos que se sometan a su consulta; invitar a funcionarios para que expongan ante el plenario, o las Comisiones, y proponer programas o Proyectos con impacto ambiental, social y/o económico.
Composición
El Consejo Económico, Social y Ambiental estará integrado por el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario Técnico y Miembros representantes de los distintos sectores de la siguiente manera::
-Poder Ejecutivo: dos representantes;
-Poder Legislativo: dos representantes;
-Poder Judicial: dos representantes;
-Los ex-Gobernadores democráticos que expresen su voluntad de participar;
-Asociaciones Sindicales de Trabajadores: cinco representantes; cuatro del sector Privado y uno del sector Público;
-Organizaciones Empresariales representativas de la Industria, del Comercio, del Sector Agrícola, del Turismo, del Desarrollo Tecnológico, de la Construcción, del Sector Hidrocarburífero y del Sector Minero: ocho representantes, uno por cada sector enunciado;
-Departamento General de Irrigación: un representante del Honorable Tribunal Administrativo;
-Inspecciones de Cauce: un representante;
-Organizaciones de promoción social y asistencia y del sector de la Cultura: tres representantes;
-De los distintos credos de la Provincia de Mendoza: uno por la Iglesia Católica, uno por el Judaísmo y uno por las Iglesias Evangélicas. La Reglamentación podrá prever la incorporación de representantes de otros Credos reconocidos;
-Organizaciones de Defensa de los Consumidores: un representante;
-Economía social: un representante;
-Asociaciones o Fundaciones dedicadas a la Protección del Medio Ambiente: tres representantes;
-Universidades Públicas: uno de la Universidad Nacional de Cuyo, uno de la Universidad Tecnológica Nacional;
-Universidades Privadas: dos representantes;
-Centro Científico Tecnológico CONICET Mendoza: un representante;
-Agencia de Ciencia, Innovación y Tecnología a crearse: un representante;
-Cada uno de los Colegios Profesionales reconocidos por ley de la Provincia de Mendoza: un representante;
-Los Intendentes Departamentales o los representantes que estos designen.
Los miembros en representación de los grupos citados serán propuestos por las organizaciones y en las condiciones y plazos que la reglamentación establezca, dejando sentado que a esos efectos dicha reglamentación deberá contemplar la mayor amplitud en la integración sectorial.
Nombramientos de los directivos del Consejo
El Presidente será propuesto por el Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, y el Vicepresidente por el Ministerio de Economía y Energía. Ambos serán designados en tales cargos por Decreto del Poder Ejecutivo y podrán ser miembros del Consejo o propuestos de fuera de su seno.
En tanto, los miembros del Consejo serán designados a propuesta de cada uno de los sectores representados, en las condiciones y mediante el instrumento que establezca la reglamentación.
El Presidente, el Vicepresidente y los miembros del Consejo tienen un mandato por dos años, renovable por períodos de igual duración.