Publicaron el protocolo sanitario para Peluquerías en el Boletín Oficial. También el de otras actividades.
Es obligatorio el tapabocas para peluqueros y clientes en Mendoza
Finalmente, en las últimas horas se publicó el Decreto N° 596 donde se explican los protocolos sanitario de las actividades que quedaron exceptuadas en el Gran Mendoza: "1. Profesiones Liberales (Abogados, Contadores Públicos, Corredores Inmobiliarios, etc; 2. Peluquerías."
Específicamente, para la Peluquerías:
-Se podrá realizar esta actividad, siempre manteniendo el sistema de rotación según terminación del DNI, de acuerdo a las siguientes pautas:
-Sólo se podrá atender a clientes con turno previo, pactado en forma telefónica o por cualquier medio no presencial.
-Bajo ninguna circunstancia se podrán atender personas que se encuentren en los denominados "grupos de riesgo".
-En ningún caso podrá haber clientes en espera.
-En caso de haber más de un sillón, deberá mantenerse la distancia mínima de 2 (DOS) metros entre ellos.
-Mantener aireado y ventilado el local Uso de barbijo, guantes, delantal y en lo posible máscara.
-Desinfectar antes y después de la atención de cada cliente las herramientas de trabajo y el espacio de atención (sillón, espejo, etc.)
-Evitar el uso del secador de cabello.
-Tener a disposición del cliente y en forma accesible alcohol en gel, o alcohol al 70%.
-En todos los casos, los clientes al momento de ingresar al local deberán completar la DECLARACIÓN JURADA DE SALUD (*)
Hay que recordar que lo clientes deben acudir con barbijo o tapaboca, ya que se dispuso previamente para todos los habitantes de la provincia de Mendoza.
Ver: Así a atender los kinesiólogos de Mendoza
Según el decreto, publicado en el Boletín Oficial, todas las actividades autorizadas podrán ser realizadas, siempre y cuando se cumpla con las siguientes normativas:
1. Distanciamiento social,
2. Higiene de manos,
3. Higiene de la tos (toser o estornudar en el pliegue del codo),
4. Uso adecuado de tapabocas (debe cubrir nariz, boca y mentón).
En todas las actividades permitidas deberá procurarse evitar las esperas y las filas de público, aún cuando las mismas se desarrollen al aire libre (veredas o espacios abiertos). Si se diera el caso en que las actividades requieran algún tipo de espera, deberán cumplir con las pautas establecidas en el punto anterior.
Ver: Profesionales liberales aún no pueden trabajar en el Gran Mendoza
También se dispone que las personas con los siguientes síntomas: dificultad respiratoria, fiebre, tos seca, mialgias (dolor muscular), disnea (ahogo o dificultad en la respiración), odinofagia (dolor de garganta), rinorrea (secreción acuosa o mucosa de los orificios nasales), diarrea, y/o que hayan viajado fuera de la Provincia (territorio nacional o del exterior) o que hayan estado en contacto con un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 en los últimos veintiún (21) días, no deberán realizar ninguna de estas actividades.
También se dispone que para desplazamientos desde y hacia el trabajo, en viajes cortos, se recomienda caminar o utilizar bicicleta para permitir liberar espacio en el transporte público y así permitir que quienes no tengan otra alternativa de traslado puedan utilizar el sistema público de transporte.
(*)