A través de la Resolución 103/2020 publicada en el Boletín Oficial, se creó en la órbita de la Subsecretaría de Acciones de Defensa del Consumidor.
Aumentan controles sobre la producción frigorífica para evitar abusos
El Gobierno nacional creó hoy un nuevo registro de empresas dedicadas a la actividad frigorífica para evitar desabastecimiento del mercado interno o abusos en los precios de venta.
A través de la Resolución 103/2020 publicada en el Boletín Oficial, se creó en la órbita de la Subsecretaría de Acciones de Defensa del Consumidor dependiente de la Secretaría de Comercio Interior un régimen informativo respecto de todas las empresas dedicadas a estos rubros.
Se trata de aquellas firmas que se encuentren inscriptas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos y que como actividad principal o secundaria configuren los Códigos 101011, 101012, 461032 y 463121 del "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)".
Se trata entonces de empresas dedicadas a la matanza de ganado bovino (incluye búfalos); procesamiento de carne de ganado bovino; operaciones de intermediación de carne excepto consignatario directo (incluye matarifes abastecedores de carne); y venta al por mayor de carnes rojas y derivados (incluye abastecedores y distribuidores de carne).
Los sujetos alcanzados deberán, el último día hábil de la semana de cada mes calendario, informar a la Subsecretaría de Acciones para la Defensa del Consumidor la cantidad diaria de kilos de media res y cuero vacunos comercializados, su precio promedio diario de venta por unidad de medida y la categoría de origen de tales productos.
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Los datos requeridos deberán presentarse a través de la Plataforma "Trámites a Distancia" (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
La Subsecretaría podrá publicar periódicamente en su página web y con acceso público, los precios de referencia de venta de media res y cuero vacuno.
Los incumplimientos de la presente resolución serán sancionados de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 274 de fecha 17 de abril de 2019.
La presente resolución entrará en vigencia mañana y por un período de noventa días corridos, el cual podrá ser prorrogado en caso de necesidad.