El tribunal coincidió así con lo dictaminado previamente por la Unidad Fiscal de Ejecución Federal.
Tragedia de Once: rechazan pedido de arresto domiciliario a Ricardo Jaime
En las últimas horas, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 rechazó la solicitud de arresto domiciliario efectuada por Ricardo Jaime, condenado en diciembre de 2015 en el marco del juicio conocido como la "Tragedia de Once", y sometido actualmente a otros procesos judiciales. Al requerir su incorporación al beneficio contenido en el art. 32 de la ley 24.660, la defensa del el ex secretario de Transporte de la Nación había enumerado una serie de argumentos vinculados -entre otras cuestiones- a supuestos problemas de salud, en concreto una cuadro depresivo y una arritmia cardíaca.
El tribunal coincidió así con lo dictaminado previamente por la Unidad Fiscal de Ejecución Federal, a cargo de Guillermina García Padín, quien al contestar la vista había destacado la ausencia de una delicada situación de salud en virtud de la cual se imponga como la solución más adecuada la aplicación del instituto de la prisión domiciliaria.
A la hora de resolver, el TOF N°2 tuvo en cuenta los resultados de los informes periciales ordenados al Cuerpo Médico Forense, los cuales incluyeron un amplio informe médico, psicológico y psiquiátrico, además de uno socio-ambiental realizado en su unidad de detención en el Complejo Penitenciario de Ezeiza. Tras efectuar una valoración de cada una de esas pericias, el Tribunal -con la intervención del juez Jorge Luciano Gorini- concluyó que la privación de la libertad no le impide a Jaime la recuperación o el tratamiento adecuado a las dolencias que padece.
"En síntesis, analizados los informes obrantes en autos, considero que Ricardo Raúl Jaime desde el punto de vista médico legal posee sus facultades mentales conservadas y no se observan patologías o dolencias que permitiesen inferir que cuenta con una enfermedad que le impida recuperarse en un establecimiento carcelario", indicó el magistrado. Agregó que si bien de los resultados de dichos estudios puede observarse que Jaime denota una leve cardiopatía hipertensiva y valvular, "lo cierto es que puede descartarse de plano que posea una enfermedad que producto de su encierro le impida recuperarse o tratar adecuadamente".
El juez requirió a las autoridades del Complejo Penitenciario Federal I que se le brinde a Jaime un tratamiento de salud mental y, eventualmente, la medicación pertinente, y que se le realice mensualmente una tomografía de tórax. "En definitiva, no encuentro razones humanitarias ni médicas que permitan afirmar que el encierro carcelario que pesa sobre Jaime atenta contra la salud del interno y, por ello, entiendo que no corresponde en el caso morigerar la modalidad de cumplimiento de la pena", concluyó.
Sometido actualmente a otros procesos vinculados a su paso por la gestión pública, Jaime fue condenado en diciembre de 2015 por el TOF 2, en el marco del juicio conocido como la Tragedia de Once. En ese proceso fue considerado partícipe necesario del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en concurso real con el delito de estrago culposo agravado por haber causado la muerte de cincuenta y dos (52) personas, y lesiones a 789, en calidad de autor, y sentenciado a la pena de siete años de prisión, inhabilitación especial perpetua, accesorias legales y costas.
A esa pena se le acumuló la condena a un año y seis meses de prisión en suspenso impuesta por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 10 en la causa n° CFP 2160/2009 por el delito de aceptación de dádivas. En función de ello, se lo sancionó a la pena única de ocho años de prisión, inhabilitación especial perpetua, accesorias legales y costas. De este modo, la pena habrá de vencer el 4 de octubre de 2026.