A partir del caso de una pareja de empleadas estatales, la Cámara de Apelaciones falló a favor del gobierno, argumentando que este beneficio solo es aplicable a una trabajadora que está cursando un embarazo.
La Justicia le negó la licencia por maternidad a las madres no gestantes
Carina y Cintia., son dos empleadas del Ministerio de Seguridad que están casadas y que mediante un tratamiento de fertilidad lograron que una de ellas quedara embarazada,. En 2018 solicitaron la posibilidad de que tanto la madre gestante como la no gestante tuvieran las licencia por maternidad. Esa posibilidad fue negada por el Gobierno, pero un juez de primera instancia habilitó esa posibilidad para la madre no gestante.
El Ejecutivo provincial apeló a esa decisión y hoy la Cámara de Apelaciones en lo civil falló a favor del Gobierno y negó esa posibilidad señalando que "en el ordenamiento jurídico aplicable, quien no es gestante no tiene la prerrogativa de gozar de lo que se denomina 'licencia por maternidad', pues para ello debe tratarse de una trabajadora que cursa su embarazo".
Además, los camaristas Sebastián Márquez Lamená, Claudia Ambrosini y Gustavo Colotto, señalaron que "pretender un trato igual para una mujer embarazada y una mujer no embarazada, aunque ambas vayan a ser madres del niño o niña en gestación, no resulta atendible".
Entre otros puntos indican que la mujer no gestante no atraviesa por los cambios biológicos propios de la mujer gestante, pero señalaron que en todo caso, corresponde una revisión legislativa de porque el diseño de las licencias responde a un esquema patriarcal. "Deberían en tal caso los poderes políticos decidir si es propicio reconocer al progenitor no gestante una licencia de tal característica", señalaron.
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