Estará vigente hasta el 28 de febrero y busca que los morosos regularicen su situación. Video explicativo.
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Con el propósito de sostener la política tributaria provincial y no incrementar la presión impositiva tanto de los contribuyentes de impuestos patrimoniales y como de impuestos de actividades económicas, especialmente las pymes, se ha propuesto a la Legislatura la aprobación de un régimen especial de regularización para la deuda vencida al 30 de noviembre de 2019 con vencimiento para su acogimiento el 28 de febrero de 2020, con importantes beneficios.
El beneficio es para aquellos que tienen deudas con el fisco mendocino y no han logrado ponerse al día. Por eso, la Administración Tributaria Mendoza implementó esta oportunidad para que ellos logren recomponer su situación.
Cabe mencionar que Mendoza se encuentra dentro de las cinco provincias que cumplieron con la baja de alícuotas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el marco del Consenso Fiscal nacional, logrando una reducción de tasa efectivo del 10%, y es una de las que mayor disminución produjo a nivel país.
Los beneficios
Forma de pago Reducción de intereses Reducción de multas:
Contado 80% 80%. Hasta 12 cuotas 50% 50%.
Hasta 36 cuotas 20% 10%
Hasta 60 cuotas Sin quita 5%
Beneficios para contribuyentes cumplidores
Para los contribuyentes cumplidores que se encuentren al día con sus obligaciones se mantienen en la Ley Impositiva 2020 los siguientes beneficios:
Impuesto Inmobiliario y Automotor
Hasta 25% de descuento.
10% de descuento si al 31 de diciembre de 2019 no posee deuda.
10% de descuento si al 31 de diciembre de 2018 no posee deuda.
5% de descuento si abona la cuota anual 2020 en término.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Tasa 0 para Actividad Primaria.
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Reducción de alícuotas para Industria Manufacturera y actividades varias.
Otros beneficios
Impuesto de Sellos: la Ley Impositiva 2020 mantiene los siguientes beneficios:
Locación de Inmuebles:
-Con destino exclusivamente a casa habitación: hasta $ 120.000 anuales, exento. Para importes superiores, reducción de alícuotas.
-Con destino a comercio: Hasta $ 480.000 anuales, exento. Para importes superiores, reducción de alícuotas.
Préstamos hipotecarios: Hasta $ 1.800.000, exento. Para importes superiores, reducción de alícuotas.