Al igual que en años anteriores, se incrementan los Valores Unitarios de la tierra y de las mejoras. En esta oportunidad, la actualización será de un 34% respectivamente.
Diputados dio sanción inicial a la Ley de Avalúo 2020
La Cámara de Diputados, por mayoría de votos, dio media sanción al proyecto de Ley de Avalúo Fiscal, que el Poder Ejecutivo remitió a la Legislatura junto a los proyectos de Impositiva y Presupuesto, para el ejercicio 2020. Cabe recordar que el Avalúo Fiscal, constituye la base imponible del Impuesto Inmobiliario y en el Impuesto de Sellos, en la transferencia de los bienes raíces que se celebren en el transcurso del año.
En líneas generales, al igual que en años anteriores, se incrementan los Valores Unitarios de la tierra y de las mejoras. En esta oportunidad, la actualización será de un 34% respectivamente.
Por otra parte, mantiene el régimen de Autodeclaración para los inmuebles sobre los cuales se desarrollen actividades hidrocarburíferas o petroleras, esto es, refinerías, destilerías y similares, y de expendio de combustibles líquidos/gas por estaciones de servicios. También para el caso de aquellos Inmuebles destinados a actividades bancarias, financieras, de seguros y/o cambiarias, supermercados, hipermercados, paseos de compras y centros comerciales; salones comerciales de 500 m2 o más, de superficie cubierta, cementerios privados y derechos superficiarios.
"La auto-declaración deberá efectuarse ante la Administración Tributaria Mendoza mediante el procedimiento y en los plazos que ésta reglamente. Dicho organismo quedará facultado para disponer de oficio las tasaciones correspondientes a las propiedades alcanzadas, incluso a través de convenios celebrados con Universidades, Centros de Estudios o Colegios Profesionales, con cargo al responsable de la parcela", señala el texto de la media sanción.
Ver: Todo preparado para aprobar Avalúo e Impositiva
Asimismo, agrega que las parcelas que resulten alcanzadas por este Régimen durante el año 2.020 deberán abonar el impuesto inmobiliario que resulte en la forma que la Ley Impositiva disponga. Hasta tanto quede establecido el impuesto definitivo, la Administración Tributaria Mendoza lo liquidará provisoriamente tomando como base el avalúo fiscal determinado conforme los parámetros generales de esta ley. En todos los casos, los importes ingresados a raíz de la liquidación provisoria se ingresarán como pagos a cuenta del Impuesto Inmobiliario que resulte en definitiva".
Por otra parte, se crea la figura de agente de información catastral quien deberá suministrar información sobre las edificaciones que se construyan por los particulares dentro del territorio de la Provincia.Dicha información deberá ser presentada en soporte magnético por la vía y con las formalidades y requisitos informáticos que la Administración Tributaria Mendoza dicte a tal efecto.
Serán agentes de información catastral los Consejos o Colegios Profesionales de Agrimensura, Ingeniería, Arquitectura y Maestros Mayores de Obra, quienes deberán informar a la ATM un listado de las labores profesionales de obra nueva, ampliación, refacción o demolición, de la totalidad de los matriculados y de acuerdo a resolución reglamentaría emitida por la Dirección General de Catastro, que confeccionará en caso de resultar necesario.
Según explicó el titular de la comisión de Hacienda, Jorge López (UCR), se trata de "una de las tres leyes económicas más importantes de la provincia y una de las herramientas que tiene el gobernador para llevar adelante su gestión de gobierno".
"Esta ley establece la metodología, valores y parámetros para la determinación de los avalúos de los inmuebles, base imponible para determinar distintos tributos como Inmobiliario y Sellos", explicó, agregando que dicho avalúo, "se actualiza en función de la inflación esperada para el año para el cual se aprueba la normativa".
"La actualización es del 34%", dijo, y subrayó que "en los últimos años nuestros avalúos se vienen diferenciando de la inflación real. Un dato importante es que desde el año 2016 a la fecha el total del valor de los avalúos acumulados asciende a un 132% en los cuatro años, mientras que el valor de la inflación en esos mismos cuatro años, asciende a un 290%".