El 20 de noviembre último se publicó una actualización del Protocolo para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
Claves para entender la discusión por el protocolo para la ILE
El miércoles 20 de noviembre último se publicó en el Boletín Oficial una actualización del protocolo para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) que además le dio rango de resolución ministerial, algo que muchas referentes de la campaña por el aborto legal celebraron.
Unas horas después, el Gobierno informó que daría marcha atrás, aunque todavía no hubo cambios publicados oficialmente.
Sin embargo, no termina de quedar claro qué es lo que se discute. Por eso, el sitio Chequeado hizo una puntualización de los temas, con gran claridad, a efectos de tratar de entender qué es lo que se debate en estas horas.
Qué es el protocolo para la ILE
En la Argentina el aborto es legal en caso de violación y de riesgo de salud o la vida para la mujer, según establece el Código Penal vigente desde 1921. La redacción de los artículos es confusa. Indica que el aborto no es punible, "si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre" o "si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente".
Como en los casos de violación no quedaba claro cuando se podía realizar un aborto, esto se discutió en la Justicia hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en 2012, falló en el caso F.A.L, estableciendo la interpretación de la ley. Señaló que el aborto puede hacerse en cualquier caso de violación, no sólo en casos de violaciones a mujeres con discapacidad, y que no es necesario que la mujer haga una denuncia policial.
También llamó a la Nación y las provincias a implementar protocolos para que los médicos y las instituciones supiesen cómo debían actuar en cada caso. Algunas provincias implementaron protocolos, en algunos casos con interpretaciones más restrictivas que las de la Corte Suprema, y otras aún no lo han hecho. A nivel nacional, el entonces Ministerio de Salud publicó un protocolo en 2015, que fue actualizado ahora.
Por qué se discute si es resolución ministerial
El protocolo publicado ahora tiene rango de resolución ministerial, algo que muchas organizaciones reclamaban. El peso que tiene una resolución es distinto al que tienen otras guías publicadas por un ministerio y darle esta jerarquía era algo que varias organizaciones exigían.
Adolfo Rubinstein, secretario de Salud y quien firmó la resolución, explicó que el rango "es un gran avance porque reconoce los derechos que ya son ley, actualiza los criterios a lo que establece el Código Civil y termina con la posibilidad de interpretaciones libres sobre el texto acerca de las causales que autorizan la interrupción legal del embarazo, de modo que no puedan existir dilaciones ni que se judicialicen los casos".
El hecho de que sea una resolución, le da una "estabilidad como norma y parte de una política pública con el endoso de la autoridad política que tienen los ministros que firman la resolución y usan sus facultades regulatorias para enviar certeza al sistema de salud y sus operadores", señaló a Chequeado Paola Bergallo, profesora de la Escuela de Derecho de la Universidad Torcuato Di Tella (UTDT) e investigadora en temas de derecho a la salud y género.
Y agregó: "También refleja el apoyo del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a la interpretación que hizo la Corte en F.A.L. y reconoce la autoridad del precedente de ese tribunal como pauta de interpretación constitucional". Eso no había pasado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuando Macri era jefe de Gobierno.
Cuál es la situación actual
Luego de la publicación del protocolo, el Gobierno informó que lo revocará con una nueva publicación en el Boletín Oficial, que aun no se concretó. Según señaló el Ministro de Educación, Alejandro Finocchiaro, se trató de una decisión del secretario de Salud, Rubinstein, sin consultar al Presidente.