La Dirección de Defensa del Consumidor aplicó una sanción a la firma Distribuidora de Gas Cuyana SA por presunta violación a la Ley de Defensa del Consumidor.
El gobierno de Mendoza aplicó una multa de $5 millones a Ecogas
En las últimas horas, la Dirección de Defensa del Consumidor aplicó una sanción de multa de $5 millones a la firma Distribuidora de Gas Cuyana SA (Ecogas), de conformidad con lo prescripto en el artículo 47 inc. b) de la Ley 24240, por violación a los artículos 30 bis y 4 de esa misma norma.
Estos involucran, por un lado, al derecho a la información del consumidor, que establece que "el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee y las condiciones de su comercialización".
Por otro, se establece que "las constancias que las empresas prestatarias de servicios públicos entreguen a sus usuarios para el cobro de los servicios prestados deberán expresar si existen períodos u otras deudas pendientes, en su caso fechas, concepto e intereses si correspondiera, todo ello escrito en forma clara y con caracteres destacados. En caso de que no existan deudas pendientes, se expresará: ?no existen deudas pendientes'".
Y agrega ese artículo: "La falta de esta manifestación hace presumir que el usuario se encuentra al día con sus pagos y que no mantiene deudas con la prestataria. En caso de que existan deudas y a los efectos del pago, los conceptos reclamados deben facturarse por documento separado, con el detalle consignado en este artículo".
Ahora, tras haber sido notificada de la sanción de multa, la empresa puede interponer recurso de revocatoria contra esa resolución dentro de los siguientes 15 días hábiles, según art. 177 de la Ley 9003 de Procedimiento Administrativo.
La misma empresa había sido notificada en septiembre pasado e imputada por presunta infracción a los artículos 30 bis y 4 de la Ley 24240, y luego la firma presentó el descargo pertinente para su análisis.