Es por la colisión que protagonizó, en la que dos adolescentes quedaron heridos. Una trama compleja. Ataques a la prensa, y una anécdota increíble.
La Justicia imputará por lesiones graves a la dueña de Átomo
La empresaria Elodia Millán (85) será imputada de lesiones graves culposas, a raíz de un grave accidente de tránsito en el que chocó contra dos chicos de 17 años que circulaban en una motocicleta, se estrellaron contra la camioneta de la mujer, y sufrieron en consecuencia diversas fracturas. Fue el 10 de julio, cuando la propietaria de Átomo Supermercados buscaba sumarse al tránsito de Álvarez Condarco, en Las Heras, al salir del depósito de la cadena. Si la imputación es agravada por un intento de fuga, dependerá de peritajes ordenados por el fiscal Fernando Giunta. La camioneta de la señora Millán siguió cien metros de trayectoria hasta chocar contra un colectivo, después de colisionar con los adolescentes.
Un video aportado por la familia Millán permite advertir que los jóvenes viajaban a buena velocidad y sin casco. Pero en la misma filmación, es claro que la empresaria abordó la avenida saliendo desde un puente en una maniobra imprudente, cuando la prioridad de paso la tenían los motociclistas. "Es como cuando salís de tu casa. Tenés que esperar a que pasen todos" especificó una fuente judicial.
Aquí, se puede apreciar el instante del choque:
El accidente de Elodia Millán estuvo rodeado de suspicacias desde el principio. Luego del feroz impacto, la Tiguan de la mujer siguió su trayectoria presumiblemente aumentando la velocidad por 100 metros, hasta impactar contra un colectivo.
Nunca hubo una versión oficial de la familia ni de los abogados hasta que hicieron circular un video en el que acusan a varios medios -entre ellos Mendoza Post- de desinformar sobre el accidente, con intenciones de perjudicar a la empresaria y a la familia propietaria de la cadena Átomo, y de otros emprendimientos. El video fue acompañado de un comunicado feroz, en el que se acusó a varios medios de "amarillismo" y de buscar "titulares que generan más ventas". Se puede leer completo aquí.
El caso del accidente
En la justicia, la versión recogida es que a la mujer "se le trabó la pierna" sobre el acelerador de la camioneta, que es de caja automática, lo que simplifica mucho su conducción. Esa versión no ha sido ratificada por Elodia Millán, quien aún no ha declarado.
El fiscal Fernando Giunta, que conduce la investigación, ya tiene escrito un avoque (la acusación), imputando a la empresaria las lesiones graves "agravadas por intento de fuga". Es que a raíz de las muertes producidas en los últimos años, la violencia callejera y la multiplicidad de accidentes, los fiscales de la UF Correccional de Tránsito se han puesto especialmente puntillosos. Duros, más bien.
La acusación a la señora Millán podría cambiar y aliviarse, si ella y sus abogados logran demostrar que no intentó escapar del lugar del accidente, sino que su recorrido hasta chocar contra el colectivo se debió a un problema físico, mecánico, o que perdió el control de su camioneta.
En el video "explicativo" distribuido por el área legal del Grupo Millán, dicen que "...ella no se fugó..." y que "por la fuerza del impacto quedó inmovilizada bajo un colectivo, con sus costillas rotas, a escasos metros". Esta distancia que los abogados de Millán consideran "escasos metros", fueron en realidad cien metros. Una cuadra. Y será el punto central de debate. La diferencia no es menor. El asunto que deben dilucidar el fiscal y los jueces que intervengan será si la mujer intentó escapar o no. La diferencia es que si lo hizo, le podría corresponder una pena de hasta cuatro años de prisión más inhabilitación para conducir. La mínima es de dos años. Y si en verdad la camioneta se le "disparó" cien metros de modo accidental, la pena por lesiones graves es de uno a tres años de prisión, también con inhabilitación para conducir. En casi todos los casos es una pena condicional, por lo que la empresaria no será detenida ni irá a la cárcel, ni tendrá prisión domiciliaria.
Los peritajes
La justicia aún debe peritar las filmaciones. Es decir que serán analizadas por expertos de delitos tecnológicos para determinar con exactitud la distancia entre el primer choque y el segundo, y la velocidad de la motocicleta tanto como de la camioneta. Ambos vehículos fueron secuestrados y serán peritados por orden del fiscal Giunta. Esa prueba técnica intentará determinar si la camioneta aceleró después de chocar con los motociclistas, hasta estrellarse contra el colectivo. Tampoco está comprobado que los jóvenes adolescentes hayan circulado a exceso de velocidad. Lo van a determinar las pericias. Si es obvio en los videos, que circulaban sin casco.
Lo que sí es claro, es la responsabilidad de la empresaria en el accidente. Elodia Millán no podrá impedir la imputación por lesiones. "Al ver el video, es claro que ella sale de un puente para entrar a la avenida principal... así desde el otro lado hubiesen venidos chicos de cinco años en un cuatriciclo a exceso de velocidad, lo que está prohibido, ella es la responsable..." explicó una fuente que conoce el caso de primera mano. En efecto, el artículo 45b de la Ley Provincial de Tránsito 9024 plantea que "...el ciclista o el conductor de vehículo automotor que lleguen a una bocacalle o encrucijada deben, en todos los casos, ceder el paso a todo vehículo que se presente por una vía pública situada a su derecha. Esta prioridad es absoluta..." salvo una serie de excepciones, como reglas de rotonda o el paso de un tren, o señalización en contrario. Ninguna de las opciones parece cubrir a la señora Millán. Aunque podría beneficiarse de la extinción de la acción penal, una reforma que rige desde 2015 tras la "Tragedia de Once", si repara totalmente el daño producido a las víctimas.
Ataques a la prensa
La comunicación de éste y otros casos que han involucrado a la familia o al Grupo Millán ha sido oscura, elíptica, retorcida. No han dado versiones oficiales, se negaron a recibir a medios independientes o a responder preguntas, enviaron "negociadores" a algunos medios y periodistas, y finalmente, distribuyeron un video y un comunicado a modo de "réplica", penosos, que demuestran un desprecio importante por los medios de comunicación que sólo buscaron indagar, ante la presunción de que se está frente a una conducta penal, qué había ocurrido. Fugarse de un accidente o no prestar ayuda en casos similares, está indicado como conducta punible en el artículo 94 bis del Código Penal de la Nación.
Este es el comunicado completo del Grupo Millán.
El mismo grupo no ha dudado en dar su versión ante otros casos, aun desinformando. El sábado 20, Día del Amigo, un hombre de 51 años ebrio, con hambre, con problemas para subsistir, y que vive de modo misérrimo robó un queso marca La Serenísima de 267 pesos en la sucursal de la calle Lavalle. En nuestro programa "Te digo lo que pienso", la responsable del local dijo que el hombre iba armado de un cuchillo y amenazado a la seguridad privada del local. El dato fue negado por el propio ladrón, quien reconoció haberse robado un queso, y además, sólo le imputaron robo simple. Es decir, sin armas. Pero pasó cuatro días preso y el queso fue convenientemente precintado y guardado en una heladera del Ministerio Público fiscal. Otra vez, la comunicación elíptica ante un hecho que involucró a una empresa del Grupo Millán.
Final insólito
Esta crónica termina con un paso de comedia. Ni bien ocurrió el accidente, hubo dos operativos paralelos. Los abogados de la familia Millán se contactaron rápidamente en el Hospital Central y en la Clínica Francesa con las víctimas. La justicia, debió ir a buscarlos a sus domicilios y costó obtener sus declaraciones. En el segundo operativo, el fiscal Fernando Giunta ordenó "aprehender" a Elodia Millán, que estaba interna en la Clínica de Cuyo, con costillas fracturadas según el video del Grupo. Es decir, llevarla a sede fiscal a declarar.
Pero el patrullero nunca llegó, porque chocó en el camino. Cuando la policía logró aparecer en la clínica, la señora ya había sido dada de alta.