Se oficializó la acordada del supremo cuerpo a través del Boletín Oficial.
Es oficial: la Corte restringe el uso de escuchas telefónicas
Este lunes, quedó oficializada una acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre escuchas telefónicas, en función de que deben ser utilizadas "exclusivamente para contribuir al esclarecimiento" de delitos en procesos penales en curso, al ser publicada en el Boletín Oficial.
La acordada número 17, del 19 de junio, lleva las firmas del presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, y el resto de sus miembros: Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.
En la decisión, la Corte también pidió al Congreso que "certifique" que la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) "no realiza tareas de investigación ajenas" a las solicitadas por los magistrados y expresó "preocupación" por la "difusión pública" de la captación de compunicaciones que "solo puede ser dispuesta por orden judicial en el marco de procesos penales en curso".
Por este motivo, el máximo tribunal del país solicitó a la Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia que "certifique que la Agencia Federal de Inteligencia no realiza tareas de investigación criminal ajenas a las expresa y específicamente solicitadas como requerimiento de asistencia por los magistrados judiciales".
Entre otras cuestiones, allí se refiere que "la obtención furtiva de datos personales o información sensible que no encuentra fundamento en una investigación judicial, la elaboración de registros meramente 'preventivos', la divulgación, tráfico o comercio de los datos obtenidos en base a una finalidad originariamente lícita, la amenaza o el chantaje derivados de la posesión de datos íntimos que no resultan conducentes para el esclarecimiento de un delito, no solo deben ser prevenidos y castigados por la ley y la jurisprudencia subsecuente, sino que deben merecer el máximo repudio social, pues constituyen un atentado a la confianza pública".