El máximo tribunal se expidió en once nuevas causas. En todas declaró la inconstitucionalidad del descuento del impuesto sobre la jubilación.
Ganancias: la Corte falló otra vez a favor de los jubilados
La Corte Suprema de Justicia declaró la inconstitucionalidad del cobro a los jubilados del Impuesto a las Ganancias en once nuevos casos. Son causas iniciadas por personas de edad avanzada o que padecen problemas de salud.
El primer fallo del alto tribunal fue en el caso "García, María Isabel c/ AFIP", del pasado 26 de marzo, y todos los subsiguientes son en la misma línea de declarar la inconstitucionalidad.
Esta decisión contó con el voto mayoritario de los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Carlos Rosenkrantz votó en contra, como es habitual.
"El envejecimiento y la enfermedad son causas determinantes de vulnerabilidad que obligan a los jubilados a contar con mayores recursos para no ver comprometida su existencia y calidad de vida", argumenta el fallo.
Luego apunta al Congreso: "El legislador debe dar respuestas especiales y diferenciadas para los sectores vulnerables -entre ellos los jubilados-, con el objeto de asegurarles el goce pleno y efectivo de todos sus derechos sin que el sistema tributario pueda quedar apartado del resto del ordenamiento jurídico".
También consideró que la mera utilización de la capacidad contributiva como parámetro para establecer impuestos a los jubilados y pensionados no era suficiente al no tener en cuenta la vulnerabilidad de los jubilados que ampara la Constitución Nacional, quienes ante esa omisión quedan en una situación de notoria e injusta desventaja.
En su disidencia, Rosenkrantz resolvió que las normas de la Ley del Impuesto a las Ganancias que establecen que las jubilaciones y pensiones se encuentran alcanzadas por dicho impuesto son, en principio, constitucionales y que no se demostró la inconstitucionalidad ni irrazonabilidad del pago del impuesto en el caso de las actoras.