Diputados aprobó y convirtió en ley de extinción de dominio para la justicia mendocina.
Podrán disponer de los bienes de las causas por corrupción
El Estado mendocino podrá disponer de los bienes que se incauten en causas de corrupción que investigue la justicia local. Entonces podrá vender esos bienes y con ese dinero financiar obras educativas.
La Cámara de Diputados le dio luz verde al proyecto de extinción de dominio y se convirtió en ley esta iniciativa impulsada por el Ejecutivo provincial.
Fue por el voto de la mayoría. El voto de la bancada del FIT fue negativo, al igual que el de Unidad Ciudadana. El PJ se opuso a algunos artículos, igual que Protectora que votó negativamente un artículo.
La Ley establece que cuando una persona sea imputada, los bienen que hayan sido adquiridos en los hechos por los que ha sido denunciado, tales como corrupción, trata, pornografía infantil, proxenetismo, etc, serán destinados a beneficiar al sistema educativo.
"El producido de las medidas de ejecución de la sentencia, ingresará a Tesorería General de la Provincia para la construcción y reparación de escuelas públicas y para establecer un fondo de garantía", dice el comunicado oficial de la Legislatura.
Marcelo D'Agostino, subsecretario de Justicia, explicó cómo sería el proceso con los bienes sospechados: "Efectivamente se trata de una herramienta importantísima que van a tener los fiscales civiles para poder recuperar los bienes de quienes se encuentran siendo sometidos a un proceso penal. Cuando la persona está siendo investigada por un delito penal, dentro de lo que se engloba como delito de corrupción. No se tiene que esperar a la condena penal, que a veces se demora y no se lograba alcanzar. Por eso nosotros elaboramos una ley para Mendoza.
"Acá tenemos casos concretos y específicos como la Tupac donde se está investigando a una serie de bienes. Esto dará oportunidad de no esperar la condena y demuestren la existencia o no de esos bienes si han sido adquiridos de forma ilícita. No solamente son bienes muebles o inmuebles, sino también efectivo que pueda estar en cuentas bancarias o activos. Si eso no se puede demostrar en proceso civil el juez civil va a determinar que ese bien sea expropiado de esta persona, se subaste y el valor de eso vaya a la DGE para la construcción de escuelas.