Los camaristas de Mar del Plata consideraron que la conducta señalada por Stornelli para apartar a Ramos Padilla no se da en este caso.
Confirman al juez Ramos Padilla en la causa que investiga a Stornelli
La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó hoy la primera recusación presentada por el fiscal Carlos Stornelli contra el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, por lo que el magistrado fue confirmado al frente del expediente en el que se investiga una supuesta red de espionaje ilegal integrada por el detenido Marcelo D´Alessio.
Los camaristas marplatenses Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza sostuvieron que de los planteos formulados por la defensa de Stornelli no surgen elementos que permitan afirmar que Ramos Padilla actuó con parcialidad manifiesta o prejuzgamiento, "más allá de la disconformidad que con su convocatoria a prestar declaración indagatoria tuviere el fiscal".
"A todo juez de instrucción se le debe reconocer un margen de discrecionalidad en el desarrollo de la investigación, lo cual no supone arbitrariedad", sostuvo el camarista Jiménez, en lo que fue el voto principal del fallo de la Cámara de Federal de Mar del Plata.
El abogado de Stornelli, Roberto Ribas, había planteado que Ramos Padilla había perdido la objetividad, que había actuado con arbitrariedad y que había realizado "valoraciones tendenciosas" sobre el caso; además de cuestionar, por ejemplo, la publicación en Centro de Información Judicial (CIJ) del fallo con el que fue procesado D'Alessio.
"El recusante plantea como premisas principales de la alegada pérdida de objetividad de Ramos Padilla, algunas referencias plasmadas por el magistrado de manera asertiva sobre su participación en las conductas a investigar y, por otra parte, la publicidad que la cuestión ha tenido en medios periodísticos, donde se ventilaron esos conceptos", enumeró Jiménez.
"Si bien puede no resultar la manera más conveniente de presentar la eventual responsabilidad de los actores en el auto que los convoca a prestar declaración indagatoria, o cuando se menciona su hipotética intervención en una conducta punible al resolver la situación procesal de otro encartado, resultaría excesivo entender que tal estilo semántico permita inferir el prejuzgamiento de quien se manifiesta de esa manera", aseveró el camarista.