El decreto fue publicado esta mañana en el Boletín Oficial. Se podrán comprar hasta 5 mil dólares.
Es oficial: el 1 de abril comienza a regir el nuevo "puerta a puerta"
Los envíos postales al exterior, destinados a ayuda familiar u obsequio personal, sólo podrán efectuarse una vez por mes y por persona, siempre que el valor de cada uno no supere los 5.000 dólares, dispuso hoy el Gobierno.
Esta decisión, que reforma el Código Aduanero y comenzará a regir desde el primero de abril próximo se formalizó a través de un decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial.
El Gobierno aclaró que cuando se tratare de exportación de envíos postales destinados a ayuda familiar u obsequio personal, constituidos, entre otros, por ropa usada o productos promocionales con o sin uso, la mercadería será verificada por el servicio aduanero, el cual determinará si esa mercadería se encuentra alcanzada por el presente régimen .
Además, estableció que se podrá despachar con exención de los tributos que gravaren la importación para consumo en el régimen general, con excepción de las tasas retributivas de servicios, aquellos envíos cuyo valor no supere los 5 dólares por envío, hasta un máximo de doce envíos por año y por persona.
El decreto también dispuso que se liberen los envíos postales que no superen los 50 dólares y carecieren de finalidad comercial.
Según el texto oficial, cuando se tratare de importación de envíos postales, se deberá efectuar los controles de rigor sobre el envío por parte del servicio aduanero, con citación del destinatario en caso de resultar procedente .
El Poder Ejecutivo justificó esta medida al señalar que es necesaria la modificación de la normativa en materia de Régimen de Envíos Postales, a efectos de facilitar los procesos de gestión y mejora en la calidad de atención de los usuarios y del control, en consonancia con el avance tecnológico actual y el incremento de la utilización del régimen en trato .
Asimismo, tanto en los casos de importación para consumo de envíos postales que carecieren de carácter comercial, como en las exportaciones para consumo de envíos postales destinados a ayuda familiar, resulta oportuna la modificación de los valores exentos de tributos , añadió el texto oficial.