Lo impulsó el oficialismo provincial, a horas de que la Corte Suprema falle por el proceso de enmienda constitucional para habilitar la re-reelección de
Casas.
La Rioja: suspenden las elecciones y Casas baja su cantidatura
El Tribunal Electoral de La Rioja resolvió suspender las elecciones provinciales previstas para el próximo 12 de mayo, horas antes de que la Corte Suprema se expida sobre la validez de la candidatura a la reelección del gobernador Sergio Casas, decisión que se conocerá hoy.
El alto tribunal también tiene previsto resolver hoy las presentaciones judiciales contra las reelecciones de los gobernadores en las provincias de La Rioja y Río Negro, hipótesis que ya tienen la oposición de la Procuración Fiscal de la Nación.
En tanto, la justicia local de La Rioja, manifestó en su fallo el objetivo de "salvaguardar la legalidad y regularidad del proceso electoral, de proteger el ejercicio del derecho constitucional al sufragio, de favorecer la expresión de la genuina voluntad del electorado", sostiene el texto.
También contempla la necesidad de "evitar perjuicios mayores a los derechos de los electores y de los partidos políticos, y de aquellos que pretendiendo postularse para algún cargo electivo no pudieren hacerlo por no estar correctamente registrados, en definitiva, en salvaguarda del derecho de elegir y ser elegido".
En tanto, luego que la Corte declarara su competencia originaria en estas causas (la de La Rioja y la de Neuquén), la procuradora fiscal, Laura Monti, dictaminó contra las intenciones de Sergio Casas y Alberto Weretilneck, quienes quieren repetir sus mandatos en La Rioja y Río Negro, respectivamente.
Una enmienda a la Constitución de la Rioja, aprobada en una consulta popular efectuada a fines de enero último, permitió que Casas oficializara su candidatura para ser gobernador por tercera vez.
La Unión Cívica Radical, distrito La Rioja, se opuso porque el artículo 120 de la Constitución local establece que el gobernador y vice ""podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo", pero "si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente, no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un período".