Dos decisiones del gobernador serán valoradas institucionalmente con el tiempo. No retrocedió, pero se dio cuenta que debía cerrar una historieta que deformaba su propia historia como jefe de Estado.
La Constitución agradecida con el ciudadano Cornejo
Es verdad que en estos tiempos digitales las crónicas se producen frenéticamente y los hechos en las que se basan las narraciones periodísticas se aceleran y el fenómeno se retroalimenta.
Alfredo Cornejo lee bien estos procesos de la comunicación masiva y sabe que sus tiempos políticos como gobernante se desvanecen a medida que nos acercamos a las fechas de las elecciones.
Por eso anoche anunció que abandonará la cinchada política en un terreno judicial con los intendentes peronistas y aceptará que sean candidatos nuevamente, después de varias reelecciones consecutivas.
Es decir, les dijo a sus contendientes: sean candidatos y sientan la vergüenza de pretender ser señores feudales en San Rafael, San Martín, Tunuyán y Lavalle.
La pulseada judicial en la que se trabó con los cuatro intendentes peronistas es un capítulo complejo generado por su decisión de poner en vigencia la reforma del artículo 198 de la Constitución de Mendoza.
Fue en noviembre del año pasado cuando promulgó la enmienda constitucional votada en 2009.
En aquel referéndum de hace 10 años ganó el "sí" a la reforma pero no logró la mitad más uno de los empadronados ese año.
Aquel criterio de mayoría especial fue establecido por la Corte local en 1989 a través del fallo redactado por la entonces jueza suprema Aída Kemelmajer.
Con esta promulgación Cornejo desafió a la corporación política que él mismo integra pero que hace una diferencia entre políticos genuinos y los hipócritas.
Con su determinación buscó dejar fuera de pista a todos los intendentes recontra electos indefinidamente, en especial los peronistas.
Cuatro de los cinco jefes comunales del PJ reaccionaron y fueron al Alto Tribunal por considerar que el artículo 198 que los limita a una sola reelección consecutiva es inconstitucional por la bendita proporción de los votos fijada como un candado contra la reforma constitucional.
Y amenazaron con ir a la Corte Nacional porque consideraban que no se debería dar un fallo en pleno. Ese paso hacia otra jurisdicción estiraría la definición y terminó precipitando la postura de Cornejo.
Fue una serie, un novelón que duró cinco meses.
Hay algo claro, con su primera determinación (la promulgación de la reforma) obligó a la actual composición de la Corte a que revise su criterio de mayorías para la reforma constitucional.
Y con esta última definición, de no obstaculizar, el proceso le sacó la presión política al Alto Tribunal para que resuelva sin apuros.
En honor a la verdad el resultado de este devenir político se dará como lo proyectó el Fiscal de Estado Fernando Simón con su dictamen donde opinó que el 198 es constitucional pero que se debería aplicar desde la próxima elección en 2023 para no entorpecer este desarrollo electoral ya lanzado en las cuatro intendencias peronistas.